ORDEN FOM/1272/2010, de 23 de agosto, por la que se transforman las concesiones en régimen de gestión indirecta de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, en licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

Primero.- La Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, que entró en vigor el 1 de mayo de 2010, establece en la disposición transitoria segunda, que las concesiones para la gestión indirecta del servicio público de radio o televisión por ondas hertzianas terrestres de ámbito estatal, autonómico o local, que no hubieran sido declaradas extinguidas a la entrada en vigor de dicha Ley, se deben transformar en licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual.

Señala además el mismo precepto que la vigencia de las nuevas licencias será de quince años a contar desde la fecha de transformación de las concesiones e impone a los titulares de las concesiones la obligación de solicitar a la autoridad competente la correspondiente transformación, en el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de esta Ley.

Segundo.- Entre el 1 de mayo y el 30 de junio de 2010 los operadores relacionados en el Anexo de la presente Orden han solicitado, a la Dirección General de Telecomunicaciones de la Junta de Castilla y León, la transformación de la concesión para la prestación, en régimen de gestión indirecta, del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, del que eran titulares, en licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual.

Por los datos obrantes en la Dirección General de Telecomunicaciones, los operadores relacionados en el Anexo reúnen los requisitos para ser titulares de licencias de comunicación audiovisual establecidos en el artículo 25 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual y no incurren en ninguna de las circunstancias que impiden ser titular de una licencia conforme a lo dispuesto en el artículo 26 de dicho precepto.

En virtud de lo expuesto, la Consejería de Fomento

DISPONE:

Primero.- Transformar, en virtud de lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, las concesiones para la prestación, en régimen de gestión indirecta, del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, del que son titulares las operadoras relacionadas en el Anexo, en licencias para la prestación del

servicio de comunicación audiovisual, en los términos que se establecen en los siguientes apartados:

  1. - La transformación se hace, exactamente, en las mismas condiciones contenidas en los contratos que vinculan a la Consejería de Fomento con las sociedades mencionadas.

  2. - Los titulares de las licencias audiovisuales objeto de la presente Orden quedan sujetos al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.

Segundo.- La presente transformación del título habilitante no dará derecho a indemnización alguna a estas sociedades.

Tercero.- Las licencias audiovisuales objeto de la presente Orden tienen una vigencia de quince años, prorrogables de forma automática por el mismo plazo, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 28 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.

Cuarto.- En cumplimiento de lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, las licencias audiovisuales objeto de esta Orden serán objeto de inscripción en el Registro correspondiente.

Quinto.- Cualquier modificación que se produzca en las licencias audiovisuales deberá comunicarse a la autoridad audiovisual competente.

Valladolid, 23 de agosto de 2010.

El Consejero de Fomento,

Fdo.: A ntonio S ilván R odRíguez

ANEXO

PROVINCIA

LOCALIDAD

LICENCIATARIO

Frec. (MHz)

ÁVILA

ARENAS DE SAN PEDRO

JUAN PEDRO GARCÍA PLAZA

88.4

AVILA

ARÉVALO

RADIO BLANCA, S.A.

101.3

AVILA

ÁVILA

TELECABLE ÁVILA, S.A.

89.6

ÁVILA

ÁVILA

RADIO POPULAR, S.A.

90.5

ÁVILA

ÁVILA

ONDAS CASTELLANO LEONESAS, S.A.

92.9

ÁVILA

ÁVILA

ANTENA 3 DE RADIO, S.A.

94.2

ÁVILA

ÁVILA

AGRUPACIÓN RADIOFÓNICA, S.A.

96.4

ÁVILA

CANDELEDA

ONDAS ABULENSES, S.L.

96.1

ÁVILA

EL TIEMBLO

ONDAS ABULENSES, S.L.

8...

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