DECRETO 42/2006, de 18 de mayo, por el que se crea, por transformación del Instituto de Formación Profesional “Universidad Laboral” de Gijón, el Centro Integrado de Formación Profesional de los Sectores Industrial y de Servicios.

SecciónI - Principado de Asturias
EmisorParroquia Rural de los Cabos
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias en su artículo 18.1 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y Leyes Orgánicas que lo desarrollen.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, tiene por objeto la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación, que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas.

El artículo 11.1 de la mencionada Ley Orgánica 5/2002 atribuye al Gobierno del Estado la competencia para establecer los requisitos básicos que deberán reunir los centros que impartan ofertas de formación profesional conducentes a la obtención de títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad. En cumplimiento del mandato legal se aprueba el Real Decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos básicos de los centros integrados de formación profesional, cuyo artículo 4 contempla la posibilidad de que las administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, puedan transformar sus centros de formación profesional en centros integrados de formación profesional.

El Decreto 5/2006, de 18 de enero, por el que se crean por división del antiguo Instituto de Educación Secundaria “Universidad Laboral” de Gijón, el Instituto de Educación Secundaria “Universidad Laboral” y el Instituto de Formación Profesional “Universidad Laboral”, señala la necesidad de individualizar la impartición por un lado, de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato y por otro la Formación Profesional Específica, a cuyo fin se crea el Instituto de Formación Profesional como centro sobre el que se conformará, en su momento, la oferta integrada de los tres subsectores de formación profesional.

En este sentido, y valorada...

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