Decreto 217/1999, de 15 de julio, por el que se transforma el conservatorio de música oficial no estatal de grado elemental Federico Paz Carbajal de Noia (A Coruña) en conservatorio de música público de grado profesional dependiente de dicho ayuntamiento.

Sección3 - Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

Según lo dispuesto en el artículo 31 del Estatuto de autonomía de Galicia es competencia de la Comunidad Autónoma gallega la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades y el artículo 1º del Decreto 213/1998, de 10 de julio, establece que la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria es el órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia al que corresponden dichas competencias.

El Ayuntamiento de Noia es titular de un conservatorio de música oficial no estatal de grado elemental creado por el Decreto 119/1991, de la Xunta de Galicia, de 12 de abril (DOG del 23).

El Ayuntamiento de Noia tiene suscrito, en fecha 3 de octubre de 1995, un convenio con la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria por el que se le reconoce provisionalmente la validez académica de las enseñanzas de grado elemental y profesional de música reguladas en la Ley orgánica 1/1990, general del sistema educativo, y se establece el compromiso de crear el conservatorio de música público dependiente del Ayuntamiento de Noia, condicionando dicha creación al cumplimiento de los requisitos mínimos previstos en el artículo 15.1º del Real decreto 389/1992, de 15 de abril (BOE del 28).

Examinado el expediente promovido por el Ayuntamiento de Noia (A Coruña) en solicitud de la transformación del conservatorio de música oficial no estatal de grado elemental Federico Paz Carbajal en un conservatorio de música público, de grado profesional, dependiente de dicho ayuntamiento, para impartir las enseñanzas de música que establece la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo.

Teniendo en cuenta los informes de la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria en A Coruña sobre el cumplimento efectivo, por parte de dicho ayuntamiento, de los requisitos mínimos que establece el Real decreto 389/1992, de 15 de abril, para los centros que impartan las enseñanzas artísticas regladas previstas en el capítulo primero, título II de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, y que la estructura y planificación académica del centro se ajusta a lo dispuesto en el Decreto 253/1993, de 29 de julio, por el que se establece el currículo de grado elemental y del grado medio de las enseñanzas de música y el acceso a dichos...

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