ORDEN TRI/21/2004, de 9 de febrero, de modificación de la Orden TRE/32/2002, de 28 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la contratación de trabajadores desocupados para la realización de obras y servicios de interés general y social, modificada por la Orden TIC/242/2003, de 20 de mayo.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

TRI/21/2004, de 9 de febrero, de modificación de la Orden TRE/32/2002, de 28 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la contratación de trabajadores desocupados para la realización de obras y servicios de interés general y social, modificada por la Orden TIC/242/2003, de 20 de mayo.

Con fecha 15 de febrero de 2002 se publicó en el DOGC núm. 3576 la Orden TRE/32/2002, de 28 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la contratación de trabajadores desocupados para la realización de obras y servicios de interés general y social. Esta disposición fue modificada por la Orden TIC/242/2003, de 20 de mayo (DOGC núm. 3895 de 30.05.2003).

Con fecha 21 de noviembre de 1998 se publicó en el BOE núm. 279 la Orden ministerial de 26 de octubre de 1998, modificada por la Orden TAS/3657/2003, de 22 de diciembre (BOE núm. 312, de 30.12.2003), que establece las bases para la concesión de subvenciones para el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito de la colaboración con las corporaciones locales para la contratación de trabajadores desocupados en la realización de obras y servicios de interés general y social. El artículo 4.1.e) de esta Orden establece la posibilidad de aprobar obras y servicios en determinados casos siempre que puedan quedar finalizadas dentro de los seis primeros meses del ejercicio presupuestario siguiente.

Con fecha 17 de diciembre de 2003 se publicó en el BOE núm. 301 la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de empleo, que establece en el artículo 4 que de conformidad con la Constitución, con los estatutos de autonomía y con la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases de régimen local, los servicios públicos de ocupación de las comunidades autónomas establecerán los mecanismos de colaboración oportunos y, si procede, de participación con las entidades locales para la ejecución de los programas y medidas de las políticas activas de ocupación.

Con posterioridad a la publicación de esta normativa se ha puesto de manifiesto la necesidad de mejorar la gestión del programa, concretamente la eficacia en la autorización de anticipos a la concesión de las subvenciones en función del mantenimiento de todas les condiciones impuestas para la realización de las obras y servicios de interés general y social, y abrir la posibilidad de desarrollar otros mecanismos de...

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