Título: La exigencia de una estatura mínima para el acceso a los Cuerpos de policía municipal es admisible y no es discriminatoria si se justifica según las funciones y cometidos propios (STS 473/2024, 18 de Marzo de 2024)

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La Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de marzo de 2024 (recurso 1388/2022) analiza si la fijación de una talla mínima para acceder al puesto de policía constituye una discriminación en el acceso a la función pública de todos los ciudadanos y si la comunidad autónoma tiene competencia para determinar el sistema de promoción interna interadministrativa a nivel local.

Hechos

La Comunidad Valenciana aprobó el Decreto 153/2019, de 12 julio, del Consell, de establecimiento de las bases y criterios generales para la selección, promoción y movilidad de todas las escalas y categorías de los Cuerpos de la Policía Local de la Comunidad Valenciana (Publicado en el Diario Oficial de la comunidad Valenciana de 23 de julio de 2019), norma que se dicta en desarrollo de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana.

Frente a este Decreto el Sindicato Profesional de Policías Locales y Bomberos interpuso recurso contencioso-administrativo.

Recurso contencioso-administrativo

La Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana dictó Sentencia, en 21 de noviembre de 2021, estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto.

En lo que aquí interesa la Sentencia de la Sala desestimaba el recurso en relación a dos de las cuestiones planteadas.

De un lado, rechazando que la exigencia de estatura mínima sea discriminatoria, señalando que lo discriminatorio sería exigir a hombres y mujeres la misma estatura (Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 18 de octubre de 2017, asunto C- 409/16).

De otro, reconociendo la competencia de la Comunidad Valenciana para el establecimiento, en el ámbito de los Cuerpos de Policías Locales de su ámbito territorial, de un sistema de promoción interna interadministrativa con movilidad, figura que entiende encuentra cobertura en lo dispuesto en el artículo 84 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre).

Interposición y admisión del recurso de casación

Por el Sindicato Profesional de Policías Locales y...

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