Orden de 11 de septiembre de 1991 por la que se determinan las titulaciones y los estudios de primer ciclo y los complementos de formación para el acceso a las enseñanzas conducentes a la Obtencion del Titulo Oficial de ingeniero de Montes.

MarginalBOE-A-1991-23948
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 1456/1990, de 26 de octubre, por el que se establece el Titulo Oficial de ingeniero de Montes y las Directrices generales propias de sus planes de estudios, dispone, en su cuarta directriz, que en AplicaciÛn de lo previsto en los artÌculos 5. Y 8. , 2, del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, por el Ministerio de EducaciÛn y Ciencia se concretar·n las titulaciones y los estudios previos de primer ciclo, asi cÛmo los complementos de formaciÛn, necesarios para cursar est·s enseÒanzas.

La presente orden da cumplimiento a lo establecido en el citado Real Decreto, concretando las titulaciones y estudios previos de primer ciclo, asi cÛmo los complementos de formaciÛn, con los que se puede acceder a las enseÒanzas conducentes a la Obtencion del Titulo indicado en el p·rrafo anterior, en tanto se realicen nuevas propuestas por El Consejo de Universidades que permitan una mas amplÌa oferta de posibilidades de incorporaciÛn a los estudios de referencia.

En su virtud,

Este Ministerio, a propuesta del consejo de Universidades, ha dispuesto:

Primero. Podr·n acceder al segundo ciclo de ingeniero de Montes, adem·s de quiÈnes cursen el primer ciclo de estos estudios:

A) directamente...

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