Orden de 29 de junio de 1988, de la Consejería de Política Territorial, por la que se hacen públicos acuerdos relativos a modificaciones de las Normas Subsidiarias de Fresno de Torote, en los polígonos 11 y 17, promovidos por esta Consejería.

MarginalBOE-A-1988-18761
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autónoma de Madrid
Rango de LeyOrden
Jueves
28
julio
1988
23350
18760
BOE núm. 180
ORDEN de 29 de junio de 1988. de la Consejen'a de
Política Territorial, por
la
que se hacen públicos acuerdos
relativos amodificaciones
de
las Normas Subsidiarias
de
Fresno
de
Torote. en
los
polígonos
11
y
17,
promovidos por
esta Consejen·a.
En sesión celebrada
por
el Consejo de Gobierno
de
la
Comunidad
de
Madrid, el día 1deJunio
de
1988, se han adoptado, entre otros, acuerdos
recaídos en expedientes de planeamiento urbanístico ycuyas partes
dispositivas son, respectivamente, del siguiente
tenor
literal:
Primero.-En expediente relativo amodificación
de
las
Normas
Subsidiarias de Fresno
de
Torote, formuladas
por
la Consejeria de
Política Territorial, que afecta al poligono
11,
y
por
lo que se refiere
a-
espacios no incluidos en el ámbito de la Ley 9/1985,
de
4de diciembre.
Publicar el presente acuerdo en
el
«Boletín Oficial de la
Comunidad
de Madrid» yen el «Boletín Oficial del Estado»
en
cumplimiento de lo
establecido en el artículo
15
del Decreto comunitario número 69/1983,
de 30 de junio, artículo 44, en relación con el
56,
de la vigente Ley del
Suelo, yarticulo
151
del Reglamento de Planeamiento.
Segundo.-En expediente relativo amodificación
de
las
Normas
Subsidiarias de Fresno de Torote, recayó el siguiente acuerdo:
Aprobar definitivamente la modificación puntual de las
Normas
Subsidiarias de Fresno de Torote, formuladas
por
la Consejeria de
Política Territorial, que afecta al polígono 17, y
por
lo que se refiere a
espacios no incluidos en el ámbito
de
la Ley 9/1985, de 4
de
diciembre.
Publicar
el
presente acuerdo en el «Boletín Oficial
de
la
Comunidad
de Madrid» yen el «Boletín Oficial del Estado», en cumplimiento de lo
establecido en el artículo
15
del Decreto comunitario numero 69/1983,
de
30 de junio, artículo 44, en relación con el 56,
de
la vigente Ley del
Suelo, yartículo
151
del Reglamento de Planeamiento.
Lo
que se hace publico para general conocimiento, significándose
que los transcritos acuerdos agotan la via administrativa, pudiéndose
interponer contra los mismos recursos
de
reposición como previos al
contencioso-administrativo, para ante el Consejo
de
Gobierno de la
Comunidad de Madrid, en
el
plazo de
un
mes a
contar
desde el día
siguiente ala fecha de inserción de la presente Orden, de
confonnidad
con lo dispuesto en el artículo
14,
1,
del Decreto 69/1983,
de
30
de
junio,
antes citado, significándose que
el
mismo deberá ser presentado
por
conducto de esta Consejería de Política Territorial.
Madrid.
29
de
junio
de 1988.-El Consejero, Eduardo Mangada
Samaín.
Cuevas de Altamira, Sociedad Limitada», se instruyó el correspondiente
expediente de conformidad con las normas
de
procedimiento estableci-
das.Habiéndose acreditado
en
dicho expediente que «Viajes Cuevas de
Altamira, Sociedad Limitada», cumple las formalidades requeridas
por
el Decreto 1524/1973, de 7
de
junio,
que regula el ejercicio de las
Agencias de Viajes, así como etue el interesado presentó la
documenta~
ción prevista en los artículos
9.
,
lO,
12 Y
15
Yconcordantes de la
Orden
de 9
de
agosto de 1974, que aprobó el
R~amento
de
Régimen Jurídico
de las Agencias de Viajes yde sus
actiV1~4es.
_
En
virtud de lo dispuesto en el apartado B), c), del
~eal
Decreto
3079/1983, de 26 de octubre, sobre traspaso de
funCIOnes
~
servicios del
Estado ala Comunidad Autónoma
de
Cantabria en
matena
de turismo.
Esta Consejeria
ha
resuelto:
Artíeu10 único.-Se concede el titulo-licencia
de
Agencia
de
Viajes del
grupo «A» a«Cuevas
de
Altamira, Sociedad Limitada», con el
número
de
orden 1.874, ysede central
en
Santander, calle San Fernando, número
72, bajo, pudiendo ejercer su actividad mercantil apartir del
mismo
día
de la publicación
de
la presente Orden en el «Boletín Oficial
de
Cantabria», ycon la obligación de atenerse al régimen jurídico yotras
nonnas
legales que regulan el ejercicio de las actividades
de
las Agencias
de Viajes.
Santander, 29 de marzo de 1988.-El Consejero, Gonzalo Pifteiro
García-Lago.
COMUNIDAD
AUTONOMA
DE
MADRID
18761
ORDEN de 29
de
marzo de 1988, de
la
Consejería de
Turismo, Transportes yComunicaciones eIndustria. por la
que se concede
el
título-licencia de Agencia de Viajes del
grupo
(A»
a«Cuevas de A!tamira, Sociedad Limitada».
con el número
de
orden 1.874.
Afin de resolver la solicitud presentada el 26 de enero
de
1988,
por
don Gonzalo García Gómez, en nombre yrepresentación de «Viajes
En
virtud de
lo
dispuesto en el apartado
B),
e),
del Real Decreto
307911983,
de 26 de octubre. sobre traspaso de funciones yservicios del
Estado ala Comunidad Autónoma
de
Cantabria
en
materia
de
turismo.
Esta Consejería
ha
resuelto:
Articulo
único.-Se
concede el titulo-licencia
de
Agencia
de
Viajes
del
Grupo
«A» a«Viajes Mesana», con el número de orden 1.743, Ysede
central en Santander, Paseo de Pereda, número 36, pudiendo ejercer su
actividad mercantil apartir del mismo día de la publicación de la
presente Orden en
el
«Boletín Oficial
de
Cantabria», ycon la obligación
de atenerse al régimen jurídico yotras normas
le~les
que regulan el
ejercicio de las actividades
de
las Agencias
de
Viajes.
Santander, 7de octubre de
198
.-EI Consejero, Gonzalo Piñeiro
García-Lago.
18759
RESOLUClON
de
24
de/ehrero de 1988,
de
la
Consejería
de Cultura. Educación yDepone. por la que se aeuerda
incoar expediente
de
declaración de bien de interés cultural.
con
la
categoría
de
conjunto histórico, afavor
de
Aldea de
Ebro (Ayuntamiento
de
Valdeprado del Río).
E;n
ba~
ala
prop~es~
formulada
por
la Comisión Técnica para el
Patnmomo
Arqultectomco (CTPA),
en
sesión celebrada el día
21
de
diciembre de 1987,
Esta Consejería
ha
resuelto:
~~ero.-De
co~formidad
con
10
dispuesto
en
la Ley 16/1985,
de
25
de Jumo, del
Patnmonio
Histórico Español, incoar expediente de
decl.aración.
dt;l
.Bien de Interés Cultural (BIC), con la categoría de
conjunto hlstonco, afavor de Aldea
de
Ebro (Ayuntamiento
de
Valdeprado del Río).
~egund.o.-Hacer
saber al ,Ayuntamiento
de
Valdeprado del
Río
que,
segun lo dispuesto en los artlculos 11.1,
16
y23 de la Ley citada deberá
s!lSpender las licencias municipales de parcelación, edificación o
demoli~
clón
en
las zonas afectadas, asi como los efectos de las ya otorgadas
en
tanto no se resuelva ocaduque el expediente, yque no podrán
llev~rse
acabo ningun tipo de obras sin la aprobación previa del proyecto
correspondiente por esta Consejeria.
Tercere.-De conformidad con
10
dispuesto en el artículo
12.1
del
Real
Decret~
1
~
1/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial
de
la Ley
16/1985, delimItar la zona afectada para su identificación.
.
El
conjunto histórico de Aldea de Ebro está delimitado
por
una
línea
poligonal que comienza ytermina en el vértice
1.
Vértice
1:
Situado en la iglesia parroquial
de
San
Juan
Bautista,
ubicada en
el
extremo noroeste del pueblo; a30 metros, siguiendo en
dirección este, se encuentra el
Vértice
2:
Situado justamente en la ermita de San Pedro,
semide~
rruida en la actualidad; a
130
metros de ésta, bordeando el pueblo,
en
dirección sureste,
se
encuentra el
Vértice
3:
Situado en la casa de
don
Ceferino Ruiz, cuya fachada
da
al este; a140 metros, en dirección sur, y a unos 20 metros del camino
vecinal que va aLoma Somera se encuentra el
Vértice
4:
Situado en la casa de los herederos de Maria Fernández;
a
150
metros, en dirección noroeste, atravesando la carretera comarcal
en dirección aLos Carabeos, y a cinco metros de ésta se encuentra el
Vértice
5:
Situado en la casa de los herederos de
don
Epifanio
Moroso; a160 metros, en dirección norte, se encuentra el
punto
de
partida ovértice
1.
Cuarto.-Comunicar este acuerdo al Registro General
de
Bienes
de
Interés Cultural del Ministerio
de
Cultura para su anotación preventiva.
Quinto.-La resolución del presente acuerdo se publicará
en
el
«Boletín Oficial del Estado» yen
el
«Boletín Oficial
de
Cantabria».
Sexto.-Continuar con la tramitación del expediente de conformidad
con la legislación vigente.
Lo que
se
hace publico para general conocimiento.
Santander, 24 de febrero de 1988.-El Consejero, Rogelio
Pérez~
Bustamante.
,',
~J

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