ORDEN FORAL 325/2000, de 25 de agosto, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se aprueba el texto del Convenio de colaboración entre el Departamento de Educación y Cultura y la Cámara Navarra de Comercio e Industria.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 325/2000, de 25 de agosto, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se aprueba el texto del Convenio de colaboración entre el Departamento de Educación y Cultura y la Cámara Navarra de Comercio e Industria.

El Director del Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial y Nuevas Tecnologías presenta informe favorable a la firma y aprobación de un Convenio de colaboración entre el Departamento de Educación y Cultura y la Cámara Navarra de Comercio e Industria para establecer una vía de acreditación de conocimiento de idiomas que facilite la labor de las empresas.

Esta medida para la acreditación de conocimientos de idiomas facilitaría la labor de las empresas, por lo que el Departamento de Educación y Cultura del Gobierno de Navarra, como órgano competente para regular la enseñanza oficial de idiomas en la Comunidad Foral de Navarra y la Cámara Navarra de Comercio e Industria, como entidad que centra sus actividades, entre otras, en trabajar por el desarrollo y la promoción de la actividad empresarial en Navarra, han creído conveniente aunar esfuerzos y ofrecer a las empresas navarras el apoyo necesario para asegurar su competitividad y fortaleza, de modo que puedan contribuir al enriquecimiento del entramado económico de Navarra.

Ambas instituciones tienen el deseo de cooperar y creen conveniente formalizar un documento de colaboración en el que se establezcan las condiciones de colaboración y que se regirá por las cláusulas que establece el texto del Convenio.

En virtud de las facultades conferidas por el artículo 36.2 b) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra

ORDENO:

  1. Aprobar el texto del Convenio de colaboración entre el Departamento de Educación y Cultura y la Cámara Navarra de Comercio e Industria.

  2. Se autoriza al Director General de Educación a dictar cuantas disposiciones sean precisas para la aplicación y desarrollo de lo dispuesto en la presente Orden Foral.

  3. Trasladar la presente Orden Foral y el texto del Convenio a la Dirección General de Educación, al Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial y Nuevas Tecnologías, a la Sección de Enseñanzas de Régimen Especial y Lenguas Extranjeras y a la Cámara Navarra de Comercio e Industria, a los efectos oportunos.

  4. Trasladar la presente Orden Foral y el texto del Convenio al BOLETIN OFICIAL de Navarra para su inmediata publicación.

Pamplona, a veinticinco de agosto de dos mil.-El Consejero de Educación y Cultura, Jesús Laguna Peña.

CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL DEPARTAMENTO DE EDUCACION Y CULTURA DEL GOBIERNO DE NAVARRA Y LA CAMARA NAVARRA DE COMERCIO E INDUSTRIA

Reunidos

De una parte, don Jesús Laguna, Consejero de Educación y Cultura del...

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