SAP Madrid 346/2006, 29 de Septiembre de 2006
Ponente | JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO |
ECLI | ES:APM:2006:6848 |
Número de Recurso | 156/2006 |
Número de Resolución | 346/2006 |
Fecha de Resolución | 29 de Septiembre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª |
ADORACION MARIA RIERA OCARIZ MARIA DE LOS ANGELES BARREIRO AVELLANEDA JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO
CG
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN SEGUNDA
MADRID
Rollo: APELACION PROCTO. ABREVIADO 156 /2006
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 53 /2006
Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 10 de MADRID
S E N T E N C I A Nº 346/06
ILMAS/OS. SRAS/ES.
PRESIDENTA DÑA. A. MARIA RIERA OCARIZ
MAGISTRADA DÑA. ÁNGELES BARREIRO AVELLANEDA
MAGISTRADO D. JOSÉ LUIS SANCHEZ TRUJILLANO
En MADRID, a veintinueve de Septiembre de dos mil seis.
VISTO, por esta Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. Jesús Fontanilla Fornielles, en representación de Carlos María, contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 10 de Madrid; habiendo sido parte en él el mencionado recurrente y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. JOSÉ LUIS SANCHEZ TRUJILLANO.
En el Juicio Oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 28/03/06, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: ›FALLO: QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a Carlos María, ya circunstanciado, como autor responsable de un delito de robo con fuerza en las cosas de los arts. 237, 238.2º, 240, 16 y 62 del Código Penal, a la pena de SEIS MESES DE PRISION, con la accesoria de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante la condena. Costas.
Indemnizará a Mariano en 240 euros por los daños.‹
Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada: ›Apreciando en conciencia la prueba practicada se declara probado que sobre las 2.30 horas del día 10/09/2004 Carlos María, violentó la puerta delantera derecha del vehículo X-....-XV propiedad de Mariano estacionado en el garaje sito en la calle Oca num. 62 y accedió a su interior con ánimo de hacer para sí lo que de valor hallara, sin conseguirlo al ser sorprendido por funcionarios policiales.
El acusado había ingerido previamente alcohol manteniendo plenamente conservadas sus facultades volitivas e intelectivas.
Los daños se han tasado en 240 euros. ›.
Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.
Dado traslado del escrito de formalización del recurso al Ministerio Fiscal, se presentó escrito de impugnación en base a la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su confirmación.
Por el Juzgado de lo penal más arriba referido se remitieron a este Tribunal los Autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para deliberación, la que tuvo lugar el día 29/09/06.
Se aceptan y se dan por reproducidos los hechos que en la sentencia recurrida se declaran probados.
Recurre en apelación el Procurador Sr. Fontanilla Fornielles, en la representación procesal que ostenta de Carlos María, contra la sentencia de 28 de Marzo de 2006 dictada por el Juzgado de lo Penal número 10 de los de esta Villa de Madrid en la causa registrada en el mismo, como Procedimiento Abreviado, con el número 53/2006, que condenó al anteriormente mencionado Carlos María como autor criminalmente responsable de un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa, sin concurrir en el mismo circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de prisión e inhabilitación especial para el...
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