SAP Vizcaya 678/2007, 31 de Octubre de 2007

PonenteIGNACIO OLASO AZPIROZ
ECLIES:APBI:2007:2103
Número de Recurso504/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución678/2007
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA

BIZKAIKO PROBINTZIA-AUZITEGIA

Sección 4ª

BARROETA ALDAMAR 10 3ªplanta- C.P. 48001

Tfno.: 94-4016665

Fax: 94-4016992

N.I.G. 48.06.2-05/003428

A.p.ordinario L2 504/06

O.Judicial Origen: 1ª Inst. e Instrucc. nº 1 (Getxo)

Autos de Pro.ordinario L2 224/05

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Recurrente: María Teresa

Procurador/a: VERONICA MARCOS AUGUSTO

Recurrido: Marí Jose y Sandra

Procurador/a: MARTA EZCURRA FONTAN y MARTA EZCURRA FONTAN

SENTENCIA Nº 678/07

ILMOS. SRES.

D. IGNACIO OLASO AZPIROZ

DÑA. REYES CASTRESANA GARCÍA

D. JOSÉ ÁNGEL ODRIOZOLA FERNÁNDEZ

En BILBAO, a treinta y uno de Octubre de dos mil siete.

Visto en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Srs. Magistrados, el procedimiento PRO.ORDINARIO L2 224/05, procedente del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE GETXO y seguido entre partes: Como apelante María Teresa representada por la Procuradora Sra. Marcos Augusto y dirigida por el Letrado Sr. Bracho Gilsanz. Como apelada que se opone al recurso Ildefonso (fallecido) Marí Jose y Sandra representadas por la Procuradora Sra. Ezcurra Fontán y dirigidas por la Letrado Sra. Azula Fernández.

SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia de instancia de fecha 23 de Marzo de 2006 es de tenor literal siguiente:

FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Echevarrieta Álvarez, en nombre y representación de Doña María Teresa, debo absolver y absuelvo a Don Ildefonso, a Doña Marí Jose y a Doña Sandra de los pedimentos en ella contenidos, con imposición de las costas originadas en el presente procedimiento a la parte actora.

SEGUNDO

Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación de la demandante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 504/06 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Hecho el oportuno señalamiento quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para votación y fallo.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado D. IGNACIO OLASO AZPIROZ.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La parte apelante, demandante en la instancia, se muestra disconforme con la sentencia del Juzgado que desestimó la pretensión de nulidad del testamento otorgado por su padre D. Ildefonso con fecha 24 de Febrero de 2000 como Comisario de su difunda esposa Dª María Teresa en uso del poder testatorio conferido en el testamento otorgado por la misma el 1 de Diciembre de 1.966; considera que dicha causante dispuso en el antedicho testamento un plazo concreto para el uso del poder testatorio coincidente con el día en que el comisario cumpliera los 80 años por lo que, habiéndose otorgado testamento por el Comisario Sr. Ildefonso cuando contaba 84 años de edad, el mismo debe reputarse nulo.

Pretensión con la que discrepan el testador y las otras dos hermanas herederas, que se alinean con la sentencia de instancia; recordando asimismo el primero la excepción de caducidad de la acción que esgrimió en la instancia aunque sin impugnar la sentencia que la rechazó por entender que se trata de una excepción apreciable de oficio.

SEGUNDO

El plazo para el ejercicio de una acción como la presente, en que se pretende, no la nulidad radical sino la anulabilidad de un contrato conforme al artº 1.301 del Código Civil, no es de caducidad sino de prescripción y, por tanto, no es...

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