Resolución de 12 de enero de 1989 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera sobre emisión de obligaciones simples a realizar por la «Sociedad Europea para la Financiación de Material Ferroviario» (EUROFIMA).

MarginalBOE-A-1989-1100
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución
,-
1222 Martes
17
enero 1989
BOE
núm. 14
¡-
1.
Disposiciones generales
SOLCHAGA
CATALAN
Excmos. Sres .
Indices de precios de materiales de ia construcción
<
.'
"
.-.,'
....
CORRECCIOl\' de
errores
de
la
Resolución de 30
de
noviembre de 1988.
de
la
Dirección General de Recauda-
ción, por
la
que se dictan normas para
la
recaudación
eJecutil'a
de
los
derechos
de
Organismos autónomos de
~a
Administración del Esrado que deban nutrIr su propIO
presupuesto de ingresos,
2.2
La
amortización de los títulos se hará alos diez
años
de la fecha
de cierre del período
de
suscripción_
No
obstante,
la
Entidad emisora se
reserva
la
facultad de amortizar anticipadamente la totalidad del
empréstito al séptimo. octavo y
noveno
aniversario de la fecha
de
cierre
senalada.
2.3
El
precio de reembolso será del 100
por
100 del valor nominal.
En
caso de amortización anticipada. la Entidad emisora se
compromete
aabonar alos obligacionistas
una
prima
de amortización del 1,5 por
100, Jpor 100 Ó0,5
por
100, según
que
la amortización se efectúe al
séptimo, octavo o
noveno
años, respectivamente.
2.4
El
tipo de interés nominal será fijo, del 11.375
por
100
bruto
anual.
El
cupón tendrá vencimiento anual.
Tercero.-El período de suscripción pública se iniciará diez días
después de la publicación de la presente Resolución en el «Boletin
Oficial del
EstadQ)~.
Dicho periodo de suscripción se prolongará
durante
veinte días.
Cuano.-Se
autoriza la libre cotizacIón, negociación ycirculación en
España de los valores aque se refiere
la
presente Resolución.
Quinto.-Estas obligaciones tendrán la consideración
de
efectos
públicos en orden asu
admisión
acotización oficial
en
Bolsa y
admitidos, serán considerados títulos
de
cotización calificada.
Asimismo, dichos valores podrán ser incluidos
en
el sistema
de
liquidación.
y.
compensación. de operaciones
en
Bolsa y
depósito
de
valores mobIliarios, previsto en
el
Decreto 1128/1974,
de
25
de
abril.
Sexto.-La adquisición
por
inversores españoles
de
estos valores
tendrá la consideración de inversor exterior, siéndole de aplicación el
Real Decreto 2374/1986, de 7de noviembre.
En
defecto de
no
previsto en
la
presente Resolución, será
de
aplicación lo establecido en la
Orden
de
3de febrero
de
1987, del
Ministerio de Economía yHacienda ydemás legislación aplicable.
Madrid,
12
de enero de 1989.-El Director general, Manuel
Conthe
Gutiérrez.
Advertidos errores en el texto de la mencionada Resolución, publi-
cada en
el
«Boletín Oficial del Estadm)
número
296. de fecha
10
de
diciembre de 1988, se transcriben acontinuación las
oportunas
rectifi-
cacIOnes:
En la
norma
tercera.
punto
1, segundo párrafo.
donde
dice: «...con-
feccionarán
una
relación certificada
de
deudas en descubierto yun
resumen...
»,
debe decir: K
..
confeccionarán
una
"relación certificada
de
deudas en descubierto" yun resumen...
»,
En
la
norma
tercera,
punto
2,
primer
párrafo,
donde
dice: «Los
títulos ejecutivos orelaciones certificadas de deudas en descubierto se
remitirán...
~~,
debe decir: «Los titulos ejecutlvos o"relaciones certifica-
das de deudas en descubierto" se remitirán...
».
En la norma cuarta,
apartado
a),
donde
dice:
«(3.)
Resumen del cargo
t~~
provisional en el
Que
se especificará:», debe decir:
«<1)
"Resumen
del
1,.::.
cargo provisional" en el que se especificará:». ,
,,;,~
En
el
mismo
apartado
antenor,
párrafo tercero,
donde
dIce:
~}
K
..
corresponda ala relación certificada
de
deudas en descubierto)), debe
;~
decir: «...corresponda ala "relación certIficada
de
deudas en descu·
";.::;.
bierto."~).
:~t';
En la
norma
cuarta,
apartado
b).
donde
dice: «b) Relación certificada
'-"
de deudas en descubierto:
Se
enviará...
)).
debe decir: «b) "Relación
~~.
certificada
de
deudas en descubierto":
Se
enviará
...
~).
t~
En
la
base cuarta,
apartado
<del deudof)),
donde
dice: ....
«Código del municipio del domicilio conocido del deudor, según la tabla
~
del Instituto Nacional de EstadisticID). debe deCir; «Código del munici-
'"
pio del domicilio conocido del deudoL»
,if,';,
En
la
base quinta, último párrafo.
donde
dice:
«.
..
en los títulos
de\·ueltos. ypodrán remitirlos nue\"amente...
~).
dcbe decir: «
..
en los
(~
títulos devueltos, ypodrá remitIrlos nuevamente....
~~<
e
J<
~.~
'f.~
1101
861,6
1.369.7
843,7
881.5
1.247,4
647,4
841,4
960,9
Junio/1988
islas Canarias
1.091.0
870.5
1,023,2
547,0
1.009.8
616.6
801,3
941.9
Jumo/1988
P~insula
,
islas
Bakar~s
MINISTERIO
l::rON01\1
T
Ay
HArn:::Nnt.
L\...-
1V
~
..L
11'_.'.J
.
.l-i.i.
L.Jll.
RESOLUCION
de 12 de enero de 1989 de
la
Dirección
General del Tesoro yPolítica Financiera sobre emisión de
obligaciones simples arealizar por
la
ISociedad Europea
para
la
Financiación de Material
FerroriaTloN
(EURO·
FlMA)
DE
Lo que comunico aVV.
EE.
para su conocimiento y
demás
efectos.
Madrid, 9de diciembre de 1988.
1099
En virtud de lo dispuesto en el articulo
2,
o
1,
de
la
Orden
de
3
de
febrero de 1987, sobre emi5ión, negociación ycotización
en
Espana
de
valores denominados en pesetas, emitidos
por
Organismos
internaciona·
les de los que España sea miembro, yvista la documentación presentada
por
la
«Sociedad Europea para la Financiación
de
Material Ferroviarim)
(EUROFlMA),
ha
resuelto:
Primero.-Autorizar ala «Sociedad Europea para la Financiación de
Material Ferroviario» (EUROFJMA), la realización de
una
emisión de
obligaciones simples, por un importe nominal de 10.000 millones de
pesetas.
Segundo.-earacteristicas de las obligaciones:
2,1
Las obligaciones, enumeradas del 1al 100.000,
ambos
inclu-
sive, serán al portador yde 100.000 pesetas nominales cada una.
Cemento
Cerámica
Maderas
Acero
Energía
Cobre
Aluminio
Ligantes
ORDEN
de 9de diciembre
de
1988 sobre (ndices
de
precios
de
mano
de
obra ymateriales
de
la construcción correspon-
dientes al mes de
jumo
de 1988 aplicables a
la
revisión
de
precios de contratos
de
obras del Estado.
De
eonfonnidad
con
lo dispuesto en los artículos 9.° del
Decreto~ley
de 4de febrero de 1964 y2(',
1,
de
la Le\'
46/l980
de
1
dI':
octubre
el
~or:nlté
Superi~r
de
Precios de
Contratos
del Estado ha elaborado '¡os
mdlCes
d~
.precl
de
mano
de
obra nacional ylos de materiales
de
la
construcclOn aphca.bles a
la
revisíón
de
precios
de
contratos
de
obras
del
Estado correspondIentes
al
mes
de
junio
de 1988.
Aprobados los referidos indices
por
el Consejo de Ministros en su
reumón del día 9de diciembre
de
1988.
,
~te
Ministerio ha tenido abien disponer su publicación en la
fonna
SIgUIente:
1100

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