SAP Barcelona 283/2007, 14 de Mayo de 2007

PonenteAMELIA MATEO MARCO
ECLIES:APB:2007:5164
Número de Recurso80/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución283/2007
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DIECISIETE

ROLLO Nº 80/2007 P. Ordinario 974/05 1ª Instancia 22 de Barcelona

S E N T E N C I A N ú m. 283

Ilmos. Sres.

Dª AMELIA MATEO MARCO

Dª MARIA DOLORS MONTOLIO SERRA

Dª MIRIAM SAMBOLA CABRER

En la ciudad de Barcelona, a catorce de mayo de dos mil siete.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Diecisiete de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario nº 974/2005, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 22 de Barcelona, a instancia de D. Jose Augusto, contra D. Jorge Y PROMOCIONS I OBRAS VENDRELL VERD S.L.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 26 de Abril de 2007, por el Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: QUE ESTIMANDO la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. LLuc Calvo Soler en nombre y representación de D. Jose Augusto, contra D. Jorge, representado por el Procurador D. Ignacio Valentí Nin y frente a la entidad PROMOCIONS I OBRES VENDRELL VERD S.L. representada por el Procurador D. Alberto Ramentol Noria, debo CONDENAR Y CONDENO SOLIDARIAMENTE a los demandados citados a verificar las pertinentes obras reparadora de los defectos constatados en el inmueble propiedad del actor tal y como fueron fijadas y concretadas en el informe pericial obrante en autos emitido por el Perito Sr. Héctor a los folios 15 y siguientes del mismo; todo ello con el apercibimiento expreso a la parte condenada de que caso de no ejecutar tales obras voluntariamente y caso de interesarlo la parte actora se mandará ejecutarlas a su costas, fijándose como importe de las mismas a los efectos del artículo 706 de la Ley de 1/2000 de Enjuiciamiento Civil la suma de 20.281,69 euros; asi como finalmente decretan do en materia de costas procesales la condenada conjunta a ambos demandados al abono de la totalidad de las costas procesales ocasionadas en las presentes actuaciones",

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada Promocions i Obras Vendrell Verd S.L. mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante su escrito; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día VEINTISEIS DE ABRIL ACTUAL.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª AMELIA MATEO MARCO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de primera instancia condena a los codemandados, Promotora y Arquitecto, respectivamente, de la construcción que se estaba llevando a cabo en la finca colindante a la de los actores, a realizar las obras necesarias para subsanar los defectos aparecidos en el inmueble propiedad de estos últimos.

Contra dicha sentencia se alza la Promotora alegando que no se ha argumentado la razón por la cual se le considera responsable, y que si su responsabilidad deriva de ser simplemente Promotora de la obra, no puede ser por aplicación del art. 1902 CC, que es en...

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