ORDEN de 23 de marzo de 2007, por la que se regula la tramitación telemática de determinados procedimientos administrativos relativos al Registro Administrativo de Sociedades Laborales de Andalucía.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE INNOVACION, CIENCIA Y EMPRESA
Rango de LeyOrden

ORDEN de 23 de marzo de 2007, por la que se regula la tramitación telemática de determinados procedimientos administrativos relativos al Registro Administrativo de Sociedades Laborales de Andalucía.

El Decreto 72/2003, de 18 de marzo, de Medidas de Impulso de la Sociedad del Conocimiento en Andalucía, establece como objetivo del Gobierno Andaluz el poner las nuevas tecnologías al servicio de todos los ciudadanos y ciudadanas para lograr una mayor calidad de vida y equilibrio social y territorial. En este sentido uno de los aspectos fundamentales es acercar, a los ciudadanos la información y servicios que presta la Administración de la Junta de Andalucía.

Como consecuencia de ello, se promulgó el Decreto 183/2003, de 24 de junio, que ha venido a regular la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos (internet), estableciendo los medios para que la Administración de la Junta de Andalucía implante un mayor número de procedimientos administrativos que puedan realizarse de forma telemática, en consonancia con lo previsto en artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, que establece «el empleo y aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos», sin otro límite que el de respetar, el propio régimen sustantivo de las instituciones y las figuras del procedimiento que vayan a realizarse por estos medios.

La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, apostando por los procedimientos tendentes a la innovación y al desarrollo de la sociedad de la información y el conocimiento, pretende incorporar las tecnologías de la información en las relaciones que establece con los ciudadanos y, para ello, mediante la presente Orden, habilita el procedimiento de solicitud, tramitación y resolución, de actos inscribibles en el Registro Administrativo de Sociedades Laborales de Andalucía, por medios electrónicos, de conformidad con lo preceptuado por el Decreto 183/2003, de 24 de junio.

El Registro Administrativo de Sociedades Laborales, creado por el artículo 4 de la Ley 4/1997, de 24 de marzo, es el competente para velar por el cumplimiento de los requisitos establecidos en dicha Ley, así como para resolver los diferentes actos que se soliciten ante el mismo, teniendo atribuidas, en general, las competencias atribuidas por la citada Ley y por el Real Decreto 2114/1998, de 2 de octubre, sobre el Registro Administrativo de Sociedades Laborales. La Junta de Andalucía asumió las competencias en esta materia, mediante el Real Decreto 558/1990, de 27 de abril, de traspaso de competencias de Calificación y Registro Administrativo de Sociedades Laborales. Actualmente dicho Registro está ubicado dentro de la Dirección General de Economía Social y Emprendedores, y con esta Orden pone a disposición de los emprendedores andaluces la posibilidad de solicitar la calificación e inscripción de actos registrales de forma telemática a través de una plataforma sencilla, ágil y transparente, que elude la necesidad del formato papel.

En su virtud, previo informe favorable de la Dirección General de Administración Electrónica y Calidad de los Servicios de la Consejería de Justicia y Administración Pública,

D I S P O N G O

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene por objeto establecer y regular la tramitación telemática de los procedimientos administrativos relativos al Registro Administrativo de Sociedades Laborales que a continuación se indican, sin perjuicio de desarrollar, asimismo, la regulación de su tramitación ordinaria, en aquellos aspectos que resultan afectados por el nuevo cauce, y que se armonizan con la regulación procedimental autonómica de carácter general.

  1. La Calificación e Inscripción de la constitución de Sociedades Laborales.

  2. La inscripción de Modificaciones estatutarias de Sociedades Laborales

  3. La inscripción de Bajas por transformación o disolución de Sociedades Laborales.

  4. La autorización de la superación de los límites de horas-año trabajadas por trabajadores contratados por tiempo indefinido no socios.

Artículo 2 Solicitud

Condiciones...

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