REAL DECRETO 1595/1997, de 17 de Octubre, por el que se homologa el Titulo de Ingeniero tecnico de Telecomunicacion, especialidad en sistemas de Telecomunicacion, de la Escuela universitaria de Ingenieria tecnica de Telecomunicacion «la Salle», de la Universidad «ramon llull», de Barcelona.

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Noviembre de 1997
MarginalBOE-A-1997-23355
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Cultura
Rango de LeyReal Decreto

Aprobado por la Universidad «Ramón Llull», de Barcelona, reconocida como Universidad privada por Ley 12/1991, de 10 de mayo, de la Generalidad de Cataluña, el plan de estudios que conduce a la obtención del título de Ingeniero Técnico de Telecomunicación, especialidad en Sistemas de Telecomunicación, de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica de Telecomunicación «La Salle», y dado que el mismo se ajusta a las condiciones generales establecidas por la normativa vigente y ha sido favorablemente informado por el Consejo de Universidades, procede la homologación del referido título.

Esta homologación se efectúa de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 y 5 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; Real Decreto 1455/1991, de 30 de agosto, modificado por el Real Decreto 50/1995, de 20 de enero, por el que se establece el título universitario oficial de Ingeniero Técnico de Telecomunicación, especialidad en Sistemas de Telecomunicación, y las directrices generales propias del plan de estudios conducente a la obtención del mismo, y demás normas dictadas en su desarrollo.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación y Cultura y previa deliberación del Consejo de Ministros, en su reunión del día 17 de octubre de 1997,

D I S P O N G O :

Artículo 1
  1. Se homologa el título de Ingeniero Técnico de Telecomunicación, especialidad en Sistemas de Telecomunicación, de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica de Telecomunicación «La Salle», de la Universidad «Ramón Llull», de Barcelona, conforme al plan de estudios que se contiene en el anexo.

  2. Al título a que se refiere el apartado anterior, le será de aplicación lo establecido en los artículos 1 al 5 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios oficiales.

  3. Las futuras modificaciones del indicado plan de estudios serán homologadas por el Consejo de Universidades, conforme a las condiciones generales legalmente establecidas.

Artículo 2

El título a que se refiere el artículo anterior se expedirá por el Rector de la Universidad «Ramón Llull», de Barcelona, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, y normas dictadas en su desarrollo, con expresa mención del presente Real Decreto que homologa el título.

Disposiciones Finales
Disposición final primera

Por la Ministra de Educación y Cultura, en el ámbito de sus competencias, se dictarán las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto.

Disposición final segunda

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 17 de octubre de 1997.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Educación y Cultura,

ESPERANZA AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA

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