Acuerdo de 5 de octubre de 1982 de cooperación técnica en materia de correos entre el Gobierno de España y el Gobierno de Etiopía Socialista, firmado en Addis Abeba.

MarginalBOE-A-1983-7600
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO DE COOPERACION TECNICA EN MATERIA DECORREOS ENTRE EL GOBIERNO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE ETIOPIA SOCIALISTA

El Gobierno de España y el Gobierno Militar Provisional de la República Socialista de Etiopía.

De conformidad con lo establecido en el Memorándum de Entendimiento sobre Cooperación Técnica entre España y la República Socialista de Etiopía, firmado el 3 de julio de 1981, y deseosos de aumentar y mejorar la colaboración existente en el momento actual entre los dos países, así como de intensificar y desarrollar sus relaciones recíprocas en el campo postal, han decidido suscribir el presente Acuerdo de Cooporación Técnica en materia de Correos.

ARTICULO I
  1. Los dos Gobiernos deciden intensificar sus esfuerzos con el fin de favorecer el desarrollo de los Servicios Postales de Etiopía Socialista, mediante un programa de colaboración profesional y de asistencia técnica en especie.

  2. A este respecto, los dos Gobiernos adoptarán las medidas necesarias para que la Dirección General de Correos y Telecomunicaciones de España, con el concurso de la Dirección General de Cooperación Técnica lnternacional del Ministerio español de Asuntos Exteriores, por un lado, y la Dirección General de Correos de Etiopía Socialista, con la colaboración de los Organismos competentes de su país, por otro, pueda proceder, después de haber establecido los programas oportunos, a la formación y perfeccionamiento de funcionarios postales etíopes mediante cursos que seguirán en Espana, así como al desarrollo de ciertos aspectos del Servicio Postal de Etiopía Soclalista, mediante el envío de expertos españoles, determinado material de servicio y aerogramas.

ARTICULO II
  1. Las obligaciones financieras a las que se compromete el Gobierno español en el marco del presente acuerdo se cumplirán a través de la Dirección General de Correos y Telecomunicaciones de España en lo que se refiere a sueldos, gastos de viaje y dietas de los expertos postales españoles, y a través de la Dirección General de Cooperación Técnica Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores, en lo que se refiere a los gastos de viaje de ida y vuelta entre Etiopía Socialista y Espana, dietas y asistencia médica y farmacéutica de los funcionarios postales etíopes que tengan una beca para Seguir en España los cursos de formación profesional, así como el suministro de material de servicio y aerogramas.

  2. Las dos Direcciones Generales españolas citadas harán frente a las obligaciones referidas en el párrafo precedente, aplicando los créditos ordinarios autorizados en el presupuesto anual para cada una de ellas.

  3. El Gobierno de Etiopía Socialista se compromete a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR