STSJ Andalucía , 2 de Octubre de 2000

PonenteFRANCISCO JOSE GUTIERREZ DEL MANZANO
ECLIES:TSJAND:2000:14027
Número de Recurso595/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA (SEDE DE SEVILLA)

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO, SECCION PRIMERA.

RECURSO 595/1998.

SENTENCIA Ilmo. Sr. Presidente Don Julián Manuel Moreno Retamino Ilmos. Sres. Magistrados Don Francisco J. Gutiérrez del Manzano Doña María Luisa Alejandre Durán En la Ciudad de Sevilla, a dos de octubre del año dos mil. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, ha visto el recurso número 595/1998, interpuesto por la entidad BINGO ALSA S.A., representada por el Procurador Sr. Martínez Guerrero y defendida por Letrado, contra LA CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA, representada por la Procuradora Sra. Arrones del Castillo y defendida por Letrado. La cuantía del recurso ha sido fijada por la parte actora en 50.000 pesetas. Es ponente el Magistrado IIlmo.. Sr. Don Francisco J. Gutiérrez del Manzano.

ANTECEDENTES
Primero

El recurso se interpuso contra las Resoluciones mencionadas en el Fundamento Primero de esta Sentencia.

Segundo

En el escrito de demanda se interesa de la Sala se anulen las Resoluciones impugnadas y se estimen las pretensiones actoras .

Tercero

En su contestación a la demanda la Administración solicita de la Sala la desestimación del mismo.

Cuarto

Señalada fecha para la votación y Fallo el día 25 de septiembre del 2000, efectivamente se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Se debate en este proceso la conformidad a Derecho de la Resolución de la Administración demandada, de 12 de enero de 1998, adoptada en expediente sancionador nº 3/97, por la que se impuso a la entidad actora la sanción de 50.000 pts.

Segundo

Como consecuencia de la visita de Inspección realizada por los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía afectos al Servicio de Control de Juegos de Azar a la Sala de Bingo de titularidad de la actora situada en la calle General Aranda 3, de Ceuta, se redactó Acta en la que se hacia constar que se encontraban en la Sala los clientes que se citan a los cuales no les había sido anotada la entrada por el personal de admisión. Igualmente se decía que en todo caso los mencionados clientes contaban con las fichas de registro obligatorias en estas Salas de Bingo.

Tercero

El principal argumento impugnatorio de la entidad actora hace...

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