STSJ Castilla-La Mancha , 28 de Septiembre de 2002

PonenteJAIME LOZANO IBAÑEZ
ECLIES:TSJCLM:2002:2410
Número de Recurso2495/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso núm. 2.495 de 1.998 Ciudad Real S E N T E N C I A Nº. 532 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 2ª.

Iltmos. Sres.:

Presidente:

D. Vicente Rouco Rodríguez Magistrados:

Dª. Raquel Iranzo Prades D. Jaime Lozano Ibáñez En Albacete, a veinticinco de Septiembre de dos mil dos. Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, los presentes autos número 2.495 de 1.998 del recurso contencioso administrativo seguido a instancia de "AUTOMATICOS DEL MANZANARES, S.A." representado por el Procurador D. Abelardo López Ruiz y dirigido por el Letrado D. Mariano Casado Sierra, contra el TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CASTILLA LA MANCHA, que ha estado representado y dirigido por el Sr. Abogado del Estado, siendo parte Codemanda la JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA, que ha estado representada por los Servicios Jurídicos de la misma, sobre Tasa fiscal del juego; siendo Ponente el Itmo. Sr. Magistrado D. Jaime Lozano Ibáñez; y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

AUTOMÁTICOS DEL MANZANARES S.A. interpuso recurso contencioso- administrativo el día 1 de diciembre de 1998, contra la resolución del Tribunal Económico- administrativo Regional de Castilla-La Mancha de fecha 16 de octubre de 1998, por la que se desestimó la reclamación económico-administrativa 13/354/98, relativa a la solicitud de rectificación de declaraciones-liquidaciones, y correspondiente devolución de ingresos indebidos, en relación con la tributación por la tasa fiscal sobre el juego y recargo autonómico, de once máquinas recreativas tipo B, en cuanto a los trimestres 11, 2º del año 1993.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, el actor, tras efectuar las correspondientes alegaciones, finalizó solicitando la estimación del recurso contencioso-administrativo.

TERCERO

La Administración demandada y la coadyuvante contestaron a la demanda oponiéndose a la misma y afirmando la corrección y legalidad de la resolución recurrida.

CUARTO

Habiéndose recibido el pleito a prueba, una vez practicadas las admitidas se presentaron los escritos de conclusiones, tras de lo cual para votación y fallo se señaló el día 3 de julio de 2002.

QUINTO

En la presente causa se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se cuestiona en el presente recurso contencioso-administrativo la adecuación a derecho de la resolución del Tribunal Económico-administrativo Regional de Castilla-La Mancha de fecha 16 de octubre de 1998, por la que se desestimó la reclamación económico-administrativa 13/354/98, relativa a la solicitud de rectificación de declaraciones-liquidaciones, y correspondiente devolución de ingresos indebidos, en relación con la tributación por la tasa fiscal sobre el juego y recargo autonómico, de once máquinas recreativas tipo B, en cuanto a los trimestres 11, 2º del año 1993.

SEGUNDO

El Tribunal Económico-administrativo Regional de Castilla-La Mancha desestimó la reclamación económico-administrativa interpuesta por el actor con el argumento de que la misma no era sino reiteración de las que en su día ya fueron presentadas y desestimadas, ya por el propio Tribunal Económico-administrativo de Castilla-La Mancha, ya, además, en algún caso,...

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