STSJ Comunidad de Madrid , 30 de Noviembre de 2000

PonenteJUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO
ECLIES:TSJM:2000:14617
Número de Recurso1258/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Proc. Sr. Vázquez Guillén Proc. Sr. Granda Molero TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

RECURSO N° 1258 de 1997 PONENTE Sr. Juan Ignacio González Escribano SENTENCIA N° 1150 Presidente Ilmo. Sr. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.

D. Alfonso Sabán Godoy Dª. Laura Tamames Prieto Castro D. José Tomé Paule En Madrid a treinta de noviembre de dos mil. Visto por la Sala del margen el recurso n° 1258 de 1997 interpuesto por el Procurador don Argimiro Vázquez Guillén en representación de don Luis Alberto contra liquidación de la Tasa de Entrada de Carruajes; expedientes 277/97-C y 718/97-C, anualidades 1996 y 1997; habiendo sido parte el Ayuntamiento de Alcobendas, representado por el Procurador Sr. Granda Molero. La cuantía del recurso es de 370.120 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en 18 de julio de 1997 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos, por ser contrarios a la Constitución, anular por negar la posibilidad de acudir con carácter previo a la vía administrativa y, subsidiariamente por atentar el procedimiento de gestión a la seguridad jurídica.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso, precia la inadmisibilidad del mismo.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se practicaron las pruebas documentales que obran unidas a autos y dándose traslado para conclusiones sucesivamente a las distintas partes, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

CUARTO

Con fecha 17 de octubre de 2000 se celebró el acto de votación y Fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso contencioso administrativo se impugna la liquidación practicada al recurrente por el concepto de Tasa por Entrada de Carruajes correspondiente a los años 1996 y 1997 respecto de la finca propiedad del demandante sita en el n° NUM000 de la CALLE000 , NUM001 y PASEO000 , NUM002 en La Moraleja, del término municipal de Alcobendas. Debiendo de destacarse que lo anterior es la cuestión a resolver conforme al escrito de interposición del presente recurso.

SEGUNDO

La Ley 39/88 de 28 de diciembre reguladora de las Haciendas Locales regula los precios públicos en sus artículos 41 a 48 , entre los cuales cabe entender comprendidas las tasas por entrada de carruajes, del art. 208.8 del Real...

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