Real Decreto 1125/1984, de 23 de Mayo, por el que se suspenden totalmente los derechos arancelarios que gravan la Importacion de Papel soporte para papel carbon, de Peso comprendido entre dieciocho y Veinte gramos por metro cuadrado, ambos inclusive (p. a. 48.01.f.vii del arancel de aduanas).

MarginalBOE-A-1984-13483
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia
Rango de LeyReal Decreto

La actual situación de crisis socioeconómica viene planteando problemas de abastecimiento en materias primas esenciales para el normal desenvolvimiento de la actividad industrial. En el momento presente se ha producido, por paralización de la producción. Un desabastecimiento grave en papeles soporte para papel carbón de peso comprendido entre 18 y 20 gramos por metro cuadrado, afectando seriamente a los procesos de fabricación de papel unicopia, lo que determina la necesidad de acudir a su adquisición en los mercados exteriores. Con objeto de paliar los efectos económicos derivados de esta situación, resulta conveniente facilitar las importaciones al mínimo costo posible mediante la suspensión total de los derechos arancelarios por un período de un mes y medio. En su virtud en uso de la facultad reconocida al Gobierno por el artículo 6, apartado 2, de la vigente Ley arancelaria, a propuesta del Ministro de economía y Hacienda y previa aprobación por El Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de mayo de 1984, dispongo:

Artículo único durante el período comprendido entre el 1 de mayo y el 15 de junio de 1984, ambos inclusive, se suspende totalmente la aplicación de los derechos que gravan la importación de papel, soporte para papel carbón, de peso comprendido entre 18 y 20 gramos por metro cuadrado, ambos inclusive, de la partida 48.01.f.VII del arancel de aduanas.

Dado en Madrid a 23 de mayo de 1984.-Juan Carlos R.-el Ministro de economía y Hacienda, Miguel boyer Salvador.

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