ORDEN FORAL de 2 de junio de 1997, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se establecen los criterios y se determinan las actividades económicas susceptibles de obtener la bonificación de intereses previstas en el Decreto Foral 27/1986, de 24 de enero.
Sección | I - Comunidad Foral de Navarra |
Rango de Ley | Orden foral |
ORDEN FORAL de 2 de junio de 1997, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se establecen los criterios y se determinan las actividades económicas susceptibles de obtener la bonificación de intereses previstas en el Decreto Foral 27/1986, de 24 de enero.Boletín Oficial de Navarra Número 73 - Fecha 18/06/1997
Por Decreto Foral 128/1987, de 12 de junio, se encomendó al Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes la gestión, entre otras, de las ayudas a industrias agrarias y alimentarias previstas en el Decreto Foral 27/1986, de 24 de enero, por el que se regulan la concesión de ayudas en formas de subvención de préstamos para la financiación de inversiones en determinadas actividades económicas que realizan las pequeñas y medianas empresas.
Se hace preciso, en virtud de lo establecido en el artículo 1 del mencionado Decreto Foral 27/1986, de 24 de enero, la determinación de las actividades económicas a las que deberán pertenecer las pequeñas y medianas empresas para poder beneficiarse de las subvenciones establecidas en el citado Decreto Foral.
Por su parte la Disposición final primera del Decreto Foral 128/1987, de 12 de junio faculta al Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes, para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución del presente Decreto Foral.
La experiencia desarrollada en años anteriores en esta materia, así como la evolución que presentan los mercados financieros, aconsejan la adecuación a estas circunstancias de la subvención de intereses en las operaciones de préstamo.
En su virtud,
DISPONGO:
Podrán beneficiarse de la subvención de intereses de préstamos establecida en el Decreto Foral 27/1986, de 24 de enero, las inversiones que realicen las pequeñas y medianas empresas pertenecientes a las siguientes actividades económicas, siempre que se adecuen a los criterios de selección establecidos por la Comisión de la Unión Europea.
Relación de actividades
15.1.-Industria cárnica:
15.11. Sacrificio de ganado y conservación de carne.
15.12. Sacrificio y conservación de volatería.
15.13. Fabricación de productos cárnicos.
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