Orden de 29 de julio de 2014, por la que se crean, modifican y suprimen determinados ficheros de datos de carácter personal de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y se da publicidad a todos los gestionados por la misma.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyOrden

El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas deberá hacerse mediante disposición general publicada, en el caso de la Comunidad Autónoma andaluza, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Por otra parte, su artículo 39.2 dispone que serán objeto de inscripción en el Registro General de Protección de Datos los ficheros que contengan datos personales y de los cuales sean titulares las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que se inscriban, además, en los registros a que se refiere el artículo 41.2 de la citada Ley Orgánica.

Asimismo, el artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, señala que todo fichero de datos de carácter personal de titularidad pública será notificado a la Agencia Española de Protección de Datos por el órgano competente de la Administración responsable del fichero para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, cumplimentando los modelos o formularios electrónicos publicados al efecto por la Agencia.

Mediante Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 12 de diciembre de 2001, por la que se regulan los ficheros automatizados de datos de carácter personal gestionados por la Consejería de Economía y Hacienda, quedaron regulados los ficheros de datos de carácter personal de titularidad de ésta. Posteriormente, mediante Orden de 29 de diciembre de 2003 y Orden de 31 de julio de 2008, ambas de la Consejería de Economía y Hacienda, se crearon nuevos ficheros y se modificaron y suprimieron algunos ya declarados.

Igualmente, se publicaron numerosas órdenes de regulación de los ficheros gestionados por la antigua Consejería de Justicia y Administración Pública, en los distintos ámbitos de competencia de la misma.

A fin de completar y actualizar la relación de los ficheros gestionados actualmente por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, mediante la presente Orden se procede a la creación de nuevos ficheros, a la modificación de otros existentes y a la supresión de los que ya no son operativos, sustituyendo así la relación aprobada en el Anexo de la Orden de 31 de julio de 2008. Asimismo se procede a derogar cuantas órdenes se opongan o contradigan a lo dispuesto en esta Orden, con excepción de la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 19 de noviembre de 2010, por la que se crean, modifican y suprimen determinados ficheros de datos de carácter personal de la Consejería, en virtud de la cual se estableció como responsable de determinados ficheros a la Agencia Tributaria de Andalucía.

En su virtud, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo 1 Creación, modificación y supresión de ficheros.
  1. Se crean los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Consejería de Hacienda y Administración Pública que se recogen en el Anexo I.

  2. Se modifican determinados ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en los extremos que se indican en el Anexo II.

  3. Se suprimen los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Consejería de Hacienda y Administración Pública que figuran en el Anexo III de la Orden.

Artículo 2 Catálogo de ficheros de datos de carácter personal de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

Tras las creaciones, modificaciones y supresiones de ficheros del artículo anterior, queda configurado el catálogo completo de los ficheros de datos de carácter personal de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, según el Anexo IV de la presente Orden.

Disposiciones Adicionales
Disposición adicional primera Adopción de medidas.
  1. Las personas titulares de los órganos responsables de cada fichero adoptarán las medidas necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las demás garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en las demás normas vigentes.

  2. Las medidas que se adopten en relación con los ficheros relativos a Sistemas corporativos de carácter horizontal serán previamente comunicadas a la Dirección General de Política Digital por los órganos responsables de dichos ficheros.

Disposición adicional segunda Inscripción de los ficheros en el Registro General de Protección de Datos.

Los ficheros relacionados en esta Orden serán notificados a la Agencia Española de Protección de Datos por la Dirección General de Política Digital de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el traslado, a través del modelo normalizado elaborado a tal efecto por la Agencia, de una copia de la presente disposición.

Disposición derogatoria única Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Orden, con excepción de la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 19 de noviembre de 2010, por la que se crean, modifican y suprimen determinados ficheros de datos de carácter personal de la Consejería, en lo que se refiere a los ficheros cuyo responsable sea la Agencia Tributaria de Andalucía.

Disposición final única Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 29 de julio de 2014

María Jesús Montero Cuadrado
Consejera de Hacienda y Administración Pública
ANEXO I

CREACIÓN DE FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

  1. Nombre del fichero: Agenda de cargos municipales.

  2. Nombre del fichero: Ayudas de actividad continuada.

    Carga inicial de datos procedente de los ficheros: «Ayuda médica, protésica y odontológica, ayuda para atención a disminuidos y seguro de accidentes»; «Ayudas por necesidades urgentes» y «Ayudas Económicas».

  3. Nombre del fichero: Ayudas sometidas a convocatoria pública.

    Carga inicial de datos procedente del fichero: «Ayudas Económicas».

  4. Nombre del fichero: Concursos artísticos de la Consejería.

  5. Nombre del fichero: Control de accesos y visitas a los edificios gestionados por la Secretaría General Técnica.

  6. Nombre del fichero: Entorno telemático de comunicación de la Inspección General de Servicios.

  7. Nombre del fichero: Entorno colaborativo de trabajo.

  8. Nombre del fichero: Expedientes Defensor del Pueblo Secretaría General para la Administración Pública.

  9. Nombre del fichero: Expedientes de inspección y sancionadores.

    Carga inicial de datos procedente del fichero: «Expedientes de inspección y sancionadores» de la «Dirección General de Espectáculos Públicos y Juego de la Consejería de Gobernación y Justicia», excepto la información que afecta a espectáculos públicos y a animales de compañía.

  10. Nombre del fichero: Gestión de la tesorería.

  11. Nombre del fichero: Gestión de personal.

  12. Nombre del fichero: Gestión Económica.

  13. Nombre del fichero: Gestión y control de los contratos del personal directivo de las entidades del sector público.

  14. Nombre del fichero: Historial de navegación web.

  15. Nombre del fichero: Informes de contratación del personal para las entidades del sector público.

  16. Nombre del fichero: Informes de los contratos de alta dirección de las entidades del sector público.

  17. Nombre del fichero: Personal informático.

  18. Nombre del fichero: Acreditaciones en procedimientos de precios autorizados.

  19. Nombre del fichero: Fichas altos cargos Cajas de Ahorros. BE.

  20. Nombre del fichero: Registro de Contratos de la Junta de Andalucía.

  21. Nombre del fichero: Registro único de entrada y salida de documentos.

  22. Nombre del fichero: Videovigilancia de los edificios gestionados por la Secretaría General Técnica.

ANEXO II

MODIFICACIÓN DE FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

  1. Nombre del fichero: Actividades, bienes e intereses de altos cargos.

    Nombre anterior: «Fichero Automatizado de la Dirección General de Inspección y Evaluación», en AEPD «Declaraciones actividades, bienes e intereses».

    Responsable anterior: «Dirección General de Inspección y Evaluación».

    Sistema de tratamiento.

    Nivel de seguridad exigible.

  2. Nombre del fichero: Actuaciones Inspección General de Servicios.

    Nombre anterior: «Registro de Inspecciones».

    Responsable anterior: «Dirección General de Organización, Inspección y Calidad de los Servicios».

    Usos y fines.

    Personas o colectivos afectados.

    Procedimiento de recogida.

  3. Nombre del fichero: Agendas corporativas.

    Responsable anterior: «Secretaría General Técnica».

    Usos y fines.

    Personas o colectivos afectados.

    Procedimiento de recogida.

    Sistema de Tratamiento.

    Tipo de datos.

  4. Nombre del fichero: Anticipos reintegrables.

    Responsable anterior: «Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Justicia y Administración Pública».

  5. Nombre del fichero: Autorizaciones de Juegos y Apuestas.

    Nombre anterior: «Autorizaciones».

    Responsable anterior: «Dirección General de Espectáculos Públicos y Juego de la Consejería de Gobernación y Justicia».

  6. Nombre del fichero: Base de datos central de identidades.

    Personas o colectivos afectados.

    ...

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