Sentencia de 5 de febrero de 2008, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara nulo el número 6 del artículo 3 del Real Decreto 894/2005, de 22 de julio, por el que se regula el Consejo de Consumidores y Usuarios.

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Agosto de 2008
MarginalBOE-A-2008-13312
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorTribunal Supremo
Rango de LeySentencia

En el recurso contencioso-administrativo n.º 98/2005, interpuesto por la Procuradora Doña María José Rodríguez Teijeiro, en nombre y representación de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc Consumo), la Sala Tercera (Sección Cuarta) ha dictado sentencia, en fecha 5 de febrero de 2008, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

En el recurso contencioso-administrativo núm. 98/2005 interpuesto por la representación procesal de Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc Consumo) frente al Real Decreto 894/2005, de 22 de julio, por el que se regula el Consejo de Consumidores y Usuarios rechazamos la causa de inadmisibilidad de falta de legitimación activa alegada por la defensa de la Administración.

Estimamos en parte el recurso interpuesto y declaramos nulo el número 6 del art. 3 del Real Decreto 894/2005, de 22 de julio.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 72.2 de la Ley de la Jurisdicción, publíquese el fallo de esta Sentencia...

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