Decreto 82/2001, de 31 de agosto, por el que se modifica el Decreto 82/1997, de 23 de julio, por el que se establece el régimen de suplencias de los titulares de los órganos directivos de la Consejería de Educación y Juventud.
Sección | 2 - Autoridades y Personal |
Emisor | Consejo de Gobierno |
Rango de Ley | Decreto |
En aplicaciÛn de lo dispuesto en el artÌculo 59 de la Ley de Cantabria 2/1997, de 28 de abril, de RÈgimen JurÌdico del Gobierno y de la AdministraciÛn de Cantabria, se aprobÛ el Decreto 82/1997, de 23 de julio, por el que se establecÌa el rÈgimen de suplencias de los titulares de los Ûrganos directivos de la ConsejerÌa de EducaciÛn y Juventud.
En base a la modificaciÛn operada en la estructura b·sica de la ConsejerÌa de EducaciÛn y Juventud, en virtud de la cual la hasta ahora DirecciÛn General de EducaciÛn se ha desgajado en dos Direcciones Generales, y en aras al principio de eficacia se hace necesario regular nuevamente el rÈgimen de suplencia temporal de los Ûrganos directivos de la ConsejerÌa de EducaciÛn y Juventud en caso de vacante, ausencia o enfermedad de los mismos.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el ar-tÌculo 59 de la Ley de Cantabria 2/1997, a propuesta de la consejera de EducaciÛn y Juventud y previa deliberaciÛn del Consejo de Gobierno en su reuniÛn del dÌa 29 de agosto de 2001,
†
DISPONGO
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Al secretario general le suplir·n el director general de Juventud y el director general de Personal y Centros Docentes, por este orden.
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Al director general de Personal y...
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