Ley Foral de 24 de Diciembre de 1984 sobre Concesion de Un suplemento de Credito para financiar los deficit del Hospital comarcal de Estella.

MarginalBOE-A-1985-1961
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorComunidad Foral de Navarra
Rango de LeyLey foral

El Presidente del Gobierno de Navarra

Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente

Ley Foral sobre concesion de un suplemento de credito para financiar los deficit del hospital comarcal de estella

Artículo 1 º se aprueba la concesión de un suplemento de crédito de 89.000.000 de pesetas para financiar los déficit de funcionamiento del hospital comarcal de estella.

Art. 2.º 1. La financiación del referido suplemento de crédito se realizará con cargo a la partida de mayores ingresos del impuesto sobre la Renta de las Personas físicas.

  1. La ampliación del crédito deberá abonarse a la partida "subvención de funcionamiento al hospital comarcal de estella", 60200-373-40900, línea 18140-5 del vigente presupuesto.

Disposicion final

La presente Ley Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de Navarra".

Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley orgánica de reintegración y amejoramiento del régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de s. M. El rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el "Boletín Oficial de Navarra" y su remisión al "Boletín Oficial del Estado" y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Pamplona, 24 de diciembre de 1984.

Gabriel urralburu tainta

Presidente del Gobierno de Navarra.

(

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR