Orden CIN/2810/2009, de 18 de septiembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Técnicos Superiores Especialistas de los Organismos Públicos de Investigación.

MarginalBOE-A-2009-16689
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Ciencia e Innovación
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero («Boletín Oficial del Estado» de 3 de marzo), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2009, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso a la Escala de Técnicos Superiores Especialistas de los Organismos Públicos de Investigación.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 284 de 27 de noviembre de 2007).

Bases específicas

  1. Descripción de las plazas

    Se convoca proceso selectivo para cubrir 19 plazas de la Escala de Técnicos Superiores Especialistas de los Organismos Públicos de Investigación, Código 5013, por el sistema de promoción interna.

    Del total de estas plazas se reservará una plaza, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.

    Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.

    Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se acumularán a las de acceso general por promoción interna.

    La distribución por especialidades de las 19 plazas convocadas por el sistema de acceso general es la siguiente:

    Especialidad OPI N.º de plazas Evolución y difusión de la investigación energética, medioambiental y tecnologías asociadas CIEMAT 1 Gestión de servicios informáticos en I+D+I CIEMAT 1 Instrumentación Electrónica CIEMAT 1 La operatividad en las instalaciones nucleares CIEMAT 1 Materiales para sistemas de producción de energía CIEMAT 1 Tecnología de la combustión CIEMAT 1 Investigación oceanográfico-pesquera IEO 2 Transferencia de tecnología. Gestión y difusión de proyectos de investigación en ciencias de la tierra IGME 2 Evaluación de Variedades vegetales INIA 1 Gestión forestal sostenible INIA 1 Técnicas de biología de enfermedades infecciosas INIA 1 Tecnología de análisis molecular en especies forestales INIA 1 Evaluación y difusión de la investigación en biomedicina y ciencias de la salud. ISCIII 2 Laboratorio y técnicas biosanitarias ISCIII 2 ......................................................

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    La distribución por especialidades de la plaza convocada por el cupo de reserva para personas con discapacidad es la siguiente:

    Especialidad OPI N.º de plazas Transferencia de tecnología. Gestión y difusión de proyectos de investigación en ciencias de la tierra IGME 1 ...............................................

    En el supuesto que alguna de la plazas quedara desierta, podrá proponerse al órgano convocante que dicha plaza se destine a incrementar el número de las inicialmente previstas en especialidad distinta pero perteneciente al mismo Organismo.

  2. Proceso selectivo

    El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

  3. Programas

    El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

  4. Titulación

    Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o grado. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.

  5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

    Los aspirantes deberán cumplir además:

    Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo A2 o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del

    Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración general del Estado.

    Pertenecer como personal laboral fijo a la categoría profesional de Titulado superior de actividades técnicas y profesionales del grupo profesional 1 del Área técnica y profesional del II Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado o categorías equivalentes de otros convenios de los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar las funciones de de realización de proyectos de investigación científica en sus distintos ámbitos; realización de ensayos y análisis físicos, químicos y agrarios.

    Antigüedad:

    Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala de la Administración General del Estado del Subgrupo A2 o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo A2 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público.

    Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años como personal laboral fijo en la categoría de Titulado superior de actividades técnicas y profesionales del grupo profesional 1 del Área técnica y profesional del II Convenio Único o categorías equivalentes de otros convenios de los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar las funciones de realización de proyectos de investigación científica en sus distintos ámbitos; realización de ensayos y análisis físicos, químicos y agrarios.

    Se entenderá que una categoría se encuentra en situación equivalente a los efectos previstos en esta Convocatoria, cuando sus funciones, contenido profesional y nivel técnico resulte coincidente con la categoría de Titulado Superior de Actividades Técnicas y Profesionales del II Convenio Único teniendo en cuenta a estos efectos los Acuerdos de la Comisión General de Clasificación Profesional de 6 de julio de 2000 y 21 de mayo de 2001.

    A este respecto, no se considerarán, en ningún caso, funciones sustancialmente coincidentes o análogas, en su contenido profesional ni en su nivel técnicos, con las propias de la Escala de Técnicos Superiores Especialistas de los Organismos Públicos de Investigación, el resto de actividades y tareas comprendidas dentro del área funcional Técnica y Profesional, precisadas en el citado Anexo III del II Convenio Único.

    La acreditación de los requisitos específicos establecidos en esta base 5 se realizará mediante certificación expedida por los servicios de personal de los Ministerios y Organismos donde presten sus servicios, según modelo que figura en los Anexos V y VI de esta Orden.

  6. Solicitudes

    6.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado, gratuitamente, en Internet en la página web www.060.es. 6.2 La solicitud se presentará en cualquiera de los siguientes registros generales: Ministerio de Ciencia e Innovación, (Calle Albacete, 5, 28027 Madrid), Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (avenida Complutense, 22, 28040 Madrid); Instituto Geológico y Minero de España (calle Ríos Rosas, 23, 28003 Madrid); Instituto Nacional de Investigaciones y Tecnología Agraria y Alimentaria (carretera

    de La Coruña, km. 7.5, 28040 Madrid); Instituto Español de Oceanografía (avenida de Brasil, 31, 28020 Madrid); Instituto de Salud Carlos III (calle Sinesio Delgado, 4, 28029 Madrid) o en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del...

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