DECRETO 32/2004, de 23 de marzo, por el que se establecen los precios públicos correspondientes a los Estudios Superiores de Diseño de las Escuelas de Arte de la Comunidad Autónoma de Extremadura y por el que se modifica el Decreto 93/2002, de 8 de julio, por el que se establecen los precios públicos por prestación de servicios de residencia de...

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda y Presupuesto
Rango de LeyDecreto
DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera.- Dadas las especiales características sociológicas de la población extranjera no comunitaria residente en Extremadura, para garantizar el acceso a las prestaciones sanitarias que se dispone en este Decreto y el ejercicio de los derechos inherentes a la misma, el Servicio Extremeño de Salud dispondrá los medios adecuados para su conocimiento entre los colectivos a los que se dirige.

Segunda.- Los ciudadanos extranjeros que en el momento de la aprobación del presente Decreto estén recibiendo asistencia sanitaria, continuarán recibiéndola en los términos previstos en el presente Decreto hasta tanto se proceda a la regulación del procedimiento de obtención de la T.A.S.

DISPOSICIÓN FINAL Artículos 1 a 4

Única.- El presente Decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida a 23 de marzo de 2004.

El Presidente de la Junta de Extremadura,

JUAN CARLOS RODRÍGUEZ IBARRA

El Consejero de Sanidad y Consumo,

GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y PRESUPUESTO

DECRETO 32/2004, de 23 de marzo, por el que se establecen los precios públicos correspondientes a los Estudios Superiores de Diseño de las Escuelas de Arte de la Comunidad Autónoma de Extremadura y por el que se modifica el Decreto 93/2002, de 8 julio, por el que se establecen los precios públicos por prestación de servicios de residencia de Institutos de Educación Secundaria y los correspondientes a la enseñanza de música e idiomas en Conservatorios de Música y Escuelas Oficiales de Idiomas dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología.

Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de enseñanza no universitaria. Dicha materia se asigna a la Consejería de Educación,

Ciencia y Tecnología por Decreto del Presidente 17/1999, de 22 de diciembre, salvo aquellas facultades o competencias que estén atribuidas a otros órganos de la Junta de Extremadura.

Por su parte la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece en su artículo 1 que se consideran Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las Tasas y Precios Públicos establecidos por el Estado o las Corporaciones Locales y afectas a la utilización del dominio público...

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