STSJ Castilla y León 1754, 13 de Marzo de 2006

PonenteANA MARIA VICTORIA MARTINEZ OLALLA
ECLIES:TSJCL:2006:1754
Número de Recurso50/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1754
Fecha de Resolución13 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD VALLADOLID SENTENCIA: 00510/2006 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección : 001 VALLADOLID 65588 C/ ANGUSTIAS S/N Número de Identificación Único: 47186 33 3 2004 0100025 Procedimiento:

RECURSO DE APELACION 0000050 /2004 Sobre ADMINISTRACION LABORAL De D/ña. AZUCARERA EBRO S.L., JUNTA DE CASTILLA Y LEON Representante: PROC. JORGE RODRIGUEZ MONSALVE-GARRIGOS , LETRADO COMUNIDAD Contra D/ña. AZUCARERA EBRO, S.L. JUNTA DE CASTILLA Y LEON Representante: PROC. SR. RODRIGUEZ-MONSALVE GARRIGOS, LETRADO COMUNIDAD SENTENCIA Nº 510 ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE SECCIÓN:

DOÑA ANA MARTÍNEZ OLALLA MAGISTRADOS:

DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ DON RAMÓN SASTRE LEGIDO En Valladolid, a trece de marzo de dos mil seis Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, integrada por los Magistrados expresados al margen, el presente rollo de apelación con registro 50/04, en el que son partes:

Como apelante: La empresa AZUCARERA EBRO, S.L., representada ante esta Sala por el Procurador Sr. Rodríguez-Monsalve Garrigós bajo la dirección de Letrado y LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN, representada y defendida por Letrado de sus servicios jurídicos.

Como apelada: La empresa AZUCARERA EBRO, S.L., representada ante esta Sala por el Procurador Sr. Rodríguez-Monsalve Garrigós bajo la dirección de Letrado y LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN, representada y defendida por Letrado de sus servicios jurídicos.

Siendo la resolución impugnada la sentencia de fecha 2 de diciembre de dos mil tres, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Zamora, en el procedimiento ordinario número 41/2003 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Zamora se dictó sentencia, en el recurso antes indicado, cuya parte dispositiva dice: "Que estimando en parte el presente recurso contencioso-administrativo núm.: 41/2003, interpuesto por la mercantil Azucarera Ebro, S.L., Sociedad Unipersonal, frente a las resoluciones dictadas por la Delegada Territorial de la Junta de Castilla y León, en Zamora, de fecha 31 de marzo y 22 de abril de 2003, desestimatorias de los recursos de alzada interpuestos frente a las resoluciones de 2 y 17 de enero de 2003, dictadas por el Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo en el expediente de regulación de empleo nº 10/2002; debo declarar y declaro que dichas resoluciones no son conformes a derecho, anulando las mismas, al entender que la recurrente tiene derecho a la suspensión de los contratos en las fechas solicitadas, del 13 al 27 de enero de 2003. Asimismo debo condenar y condeno a la Administración a indemnizar a la recurrente los daños y perjuicios que se acrediten en ejecución de sentencia, conforme al contenido del fundamento de derecho quinto de la presente resolución -fundamento sexto según se aclara en el Auto de 24 de diciembre de 2003 -. Se declara conforme a derecho la resolución igualmente impugnada de fecha 22 de abril de 2003 en expediente de regulación de empleo 3/2003 y relativo al periodo que va del 28 de enero al 18 de febrero. Todo ello, sin que proceda establecer una especial condena en costas".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se ha interpuesto por la representación procesal de Azucarera Ebro S.L. y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León recurso de apelación con el contenido que consta en el presente rollo.

TERCERO

Por la representación procesal de Azucarera Ebro S.L. y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León se presentó escrito oponiéndose a dicho recurso de apelación solicitando que se dicte sentencia por la que se desestime el recurso de apelación, con imposición de costas a la parte recurrente.

CUARTO

Elevados los autos y el expediente administrativo a la Sala, se acordó la formación y registro del presente rollo de apelación, con designación de ponente.

Declarada conclusa la presente apelación se señaló para votación y fallo el veintiocho de febrero de 2006.

Ha sido ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña ANA MARTÍNEZ OLALLA .

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Es objeto del presente recurso de apelación la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Zamora de 2 de diciembre de 2003 , que estima en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la mercantil Azucarera Ebro, S.L., anulando las resoluciones dictadas por la Delegada Territorial de la Junta de Castilla y León, en Zamora, de fecha 31 de marzo y 22 de abril de 2003, desestimatorias de los recursos de alzada interpuestos frente a las resoluciones de 2 y 17 de enero de 2003, dictadas por el Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo en el expediente de regulación de empleo nº 10/2002 en las que se deniega la suspensión solicitada de los contratos de trabajo de los trabajadores fijos discontinuos y a tiempo parcial de la fábrica de Toro, declarando el derecho de la compañía mercantil aquí apelante a la suspensión de los contratos en las fechas solicitadas, del 13 al 27 de enero de 2003, y declarando conforme a derecho la resolución de fecha 22 de abril de 2003 dictada en el expediente de regulación de empleo 3/2003, que deniega la suspensión de contratos interesada desde el 28 de enero al 18 de febrero de 2003.

La controversia se centra en la discrepancia existente entre las partes sobre la valoración de la prueba llevada a cabo por la Juzgadora a quo. Tanto la Administración apelante, como la mercantil que recurre estiman que la ha efectuado erróneamente: la primera, porque aprecia, a su juicio, indebidamente la concurrencia de causa de fuerza mayor durante el periodo 13 a 27 de enero de 2003, a efectos de autorizar la suspensión de los contratos de trabajo de los trabajadores fijos discontinuos y a tiempo parcial a que se refiere el expediente de regulación de empleo nº 10/02; la segunda, en relación con el...

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