STSJ Andalucía , 22 de Julio de 2002

PonenteJOSE ANTONIO SANTANDREU MONTERO
ECLIES:TSJAND:2002:11113
Número de Recurso256/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO -ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA RECURSO NÚM: 256/97 SENTENCIA NÚM. 912 DE 2.002 Ilmo. Sr. Presidente:

D. José Antonio Santandreu Montero Ilmos. Sres. Magistrados D. Federico Lázaro Guil D. Rafael Toledano Cantero

En la ciudad de Granada, a veintidós de julio de dos mil dos. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 256/97 seguido a instancia de VIATOR S.A., que comparece representada por la Procuradora Doña María Luisa Alcalde Miranda y asistida del Letrado Don José Miguel Lozano, siendo parte demandada el Ayuntamiento de Almería representado por el Procurador Don Eduardo Alcalde Sánchez y asistido por el Letrado Don Juan Antonio Pérez Martínez. La cuantía del recurso es de 440.062 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto recurso contencioso-administrativo frente a la actuación administrativa que se detalla en el primer fundamento jurídico de esta resolución, se admitió a trámite y se acordó reclamar el expediente administrativo, siendo remitido por la Administración demandada.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por solicitar se dictase sentencia estimando el recurso y anulando dicha actuación administrativa impugnada.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones de la parte actora, y, tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó la desestimación del recurso.

CUARTO

Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.

QUINTO

Declarado concluso el período de prueba , al no estimarse necesario por la Sala la celebración de vista pública, se acordó dar traslado a las partes para conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo mediante escrito en el que reiteraron las peticiones contenidas en los de demanda y contestación .

SEXTO

Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del mismo y actuando como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don José Antonio Santandreu Montero.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Doña María Luisa Alcalde Miranda, Procuradora de los Tribunales en nombre y representación de VIATOR S.A. interpuso el 28 de enero de 1997 recurso contencioso administrativo contra la Resolución del Alcalde del Ayuntamiento de Almería de 18 de noviembre de 1996 que desestimó el recurso de reposición promovido contra la Resolución de 25 de septiembre de 1996 que aprobó la liquidación propuesta en el Acta 362/96 por el concepto del Impuesto sobre Actividades Económicas correspondiente al epígrafe 833.1, por los ejercicios de 1992,1993,1994,1995 y 1996, y por importe de 440.062 pesetas.

SEGUNDO

El Servicio de Inspección Fiscal del Ayuntamiento de Almería, el 8 de julio de 1996 extiende el acta preconstituída número 362/96 por el Impuesto sobre Actividades Económicas por el período impositivo 1992,1993,1994,1995 y 1996, por entender que la entidad recurrente realiza una actividad empresarial de venta de terrenos, y que debe quedar albergada en el epígrafe 833.1 de la Sección Primera de las tarifas del Impuesto. Dicha acta concluye como propuesta de regularización de la situación tributaria de la mercantil actora ,con una liquidación provisional...

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