ORDEN 785/2008, por la que se subsana el error advertido en la Orden 757/2008, de 18 de abril, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, por la que se establecen servicios mínimos con ocasión de la huelga convocada para los profesionales adscritos al Área Sanitaria-Asistencial (Área D) del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Com

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Familia y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

Advertido error material en la citada Orden, y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se procede a su corrección en los siguientes términos.

En el apartado primero del DISPONGO y, en concreto, donde se establecen los servicios mínimos en el ámbito de los centros del Servicio Regional de Bienestar Social (SRBS).

Donde dice: ?Turno de mañana y tarde: Personal de atención directa de domingos y festivos?.

Debe decir: ?Turno de mañana, tarde y noche: Personal de atención directa de domingos y festivos?.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden se notificará a las partes en conflicto, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dada en Madrid, a 18 de abril de 2008.

La Consejera de Familia y Asuntos Sociales,
 GÁDOR ONGIL CORES

(03/11.383/08)

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR