ORDEN APA/67/2002, de 18 de enero, por la que se establecen sistemas de control del destino de los subproductos generados en la cadena alimentaria cárnica.

Fecha de Entrada en Vigor20 de Enero de 2002
MarginalBOE-A-2002-1096
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

Las medidas que en materia de lucha contra las encefalopatías espongiformes transmisibles se han adoptado por la Unión Europea, han hecho preciso que España, como Estado miembro de la misma, procediese a poner los instrumentos jurídicos necesarios para garantizar su cumplimiento. Dicha actividad normativa ha Estado dirigida tanto a garantizar la vigencia de dichas medidas en el ordenamiento jurídico como para, en aquellos supuestos en que los instrumentos jurídicos comunitarios son de directa aplicación, articular el procedimiento más adecuado para facilitar el cumplimiento de los mismos.

En este sentido, el Real Decreto 1911/2000, de 24 de noviembre, posteriormente modificado por el Real Decreto 221/2001, de 21 de marzo, regula la destrucción de los materiales especificados de riesgo en relación con las encefalopatías espongiformes transmisibles, procediendo a desarrollar, para garantizar una mejor aplicación, la Decisión 2000/418/CE, de la Comisión, de 29 de junio. La experiencia acumulada en el período de vigencia de esta normativa es altamente positiva, habiendo contribuido, sin duda alguna, al cumplimiento de las medidas de lucha contra las encefalopatías espongiformes transmisibles adoptadas por la Unión Europea.

No obstante lo anterior y en línea con los objetivos de este Departamento de garantizar al máximo la calidad y seguridad alimentaria, se estima conveniente perseverar en esta línea, estableciendo un sistema de documentación que, sin resultar gravoso para los diferentes actores de la cadena alimentaria cárnica, arroje mayores garantías, si cabe, sobre el destino de los subproductos que se generan a lo largo de dicha cadena.

La oportunidad de establecer un nuevo sistema de gestión, de mayor rigor y control, viene avalada también por el cambio, con respecto al ejercicio 2001, del escenario en el que van a actuar los eslabones de la cadena alimentaria cárnica. En este sentido, es preciso tener presente que, a partir del 1 de enero de 2002, ha finalizado el período transitorio de financiación pública para el apoyo a la fabricación de harinas animales, debiendo ser el propio mercado el que asuma los costes derivados de la gestión y eliminación de los subproductos...

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