SAP Madrid 262/2008, 16 de Abril de 2008

PonenteSUSANA POLO GARCIA
ECLIES:APM:2008:4363
Número de Recurso127/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución262/2008
Fecha de Resolución16 de Abril de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 26ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 26

MADRID

SENTENCIA: 00262/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN VIGÉSIMOSEXTA

ROLLO DE APELACIÓN: RP 127/08

Órgano de Procedencia: Juzgado de lo Penal nº 21 de Madrid

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 447 /2007

SENTENCIA Nº 262/2008

ILMAS. SRAS.

PRESIDENTA:

Dña. Susana Polo García

MAGISTRADAS:

Dña. Teresa Arconada Viguera

Dña. Fátima Durán Hinchado

En Madrid, a dieciséis de abril de dos mil ocho.

VISTO, por esta Sección Vigésimosexta de esta Audiencia Provincial en la causa instruida en el RP 127 /07, los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio Fiscal, y por la Procuradora de los Tribunales Dña. Marta Saint-Aubin Alonso contra sentencia de fecha 25 de enero de 2008, dictada por el Juzgado Penal nº 21 de Madrid; habiendo sido parte en él los mencionados recurrentes, los cuales a su vez impugnaron el de la parte contraria, actuando como Ponente la Magistrado Ilma. Sra. Dña. Susana Polo García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Magistrada del Juzgado de lo Penal nº 21 de Madrid, en el procedimiento que más arriba se indica se dictó sentencia en fecha 25 de enero de 2008, cuyo Hechos Probados son los siguientes:

Resulta acreditado y expresamente se declara que el día 28 de Junio del 2006, el acusado Fidel, mayor de edad y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, utilizó con ánimo de utilización transitoria y a sabiendas de su ilegítima procedencia el vehículo W-....-WG propiedad de la empresa ADG Ingeniería, S.L. que había sido sustraído por persona desconocida el día 28 de Junio del 2006 y tras haber ingerido en abundancia bebidas alcohólicas y drogas tóxicas, lo condujo por la localidad de Alcobendas con su capacidad de conducción y atención fuertemente alterada a consecuencia de la ingesta, por lo que al llegar a la Plaza de la Encina de la localidad de Alcobendas golpeó a diferentes coches que se encontraban aparcados en la mencionada plaza, y al acudir a la mencionada plaza el vehículo policial con los agentes de la policía local del Alcobendas nº NUM000, NUM001, se pararon en medio y mientras el agente NUM000 salía del vehículo para darle el alto, el otro agente, que no llegó a salir, tuvo que apartar el coche porque el acusado continuaba con su conducción, sin tener acreditado si se apercibió o no de la presencia de los agentes, teniendo el agente que salió del vehículo que apartarse de su trayectoria, continuando la marcha tras el acusado, quien se saltó un semáforo del cruce de la Avda de España, poniendo en peligro al resto de los conductores y abandonó el vehículo en la mitad de la vía pública entre las calles Manuel de Falla y Jaén, saliendo del mismo portando dos bolsas que contenía diferentes herramientas del maletero del vehículo propiedad de ADG Ingeniería Automática, S.L. que no han sido tasados pero de valor inferior a 400 euros, siendo interceptado por los agentes de policía, recuperando las bolsas y entregándoselas a su propietario.

El acusado presentaba síntomas de intoxicación etílica tales como excitado, comportamiento exaltado, queriendo autolesionarse rostro congestionado, habla farfullante, ojos enrojecidos y brillantes, memoria alterada, deambulación vacilante con equilibrio alterado, vestimenta desaliñada y halitosis alcohólica.

Una vez en las dependencias policial, mantenía una conducta violencia y excitada, queriendo autolesionarse y oponiéndose a ser reseñado fue requerido a la realización de la prueba de alcoholemia donde le requirieron en varias ocasiones para que se sometiera a la prueba de detección alcohólica sin lograr que colaborara y sin tener acreditado que comprendiera el alcance de su negativa.

El vehículo sustraído ha sido tasado en 180 euros, su valor venal y resultó siniestro total.

El acusado ha estado privado de libertad por esta causa desde el día 28 de Junio de 2006 hasta el 27 de octubre de 2006.

Y cuyo Fallo establece:

"Que DEBO CONDENAR Y CONDENO A Fidel como autor de un delito contra la seguridad del tráfico por conducción temeraria a la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y como autor de una falta de hurto de uso de vehículo de motor y otra de hurto intentado a la pena para cada una de ellas de seis días de localización permanente. Y a la tercera parte de las costas relativas al delito.

LO DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO LLIBREMENTE DEL DELITO DE ATENTADO Y DE DESOBEDIENCIA por los que también venía acusado, declarando de oficio las dos terceras partes de las costas.

Deberá indemnizar a ADG Ingeniería Automática, S.L. en la cantidad de 180 euros por el importe del valor venal del vehículo.

Téngase en cuenta para el cumplimiento de estas penas el tiempo que ha estado privado de l8ibertad por estos hechos."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por el Ministerio Fiscal y por la representación procesal de Fidel, se interpusieron sendos recursos de apelación que formalizaron exponiendo los motivos de impugnación que obran en el escrito unido a la causa.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso se presentó escrito de impugnación con respecto al de la parte contraria, sobre la base de que la sentencia objeto de recurso es plenamente ajustada a Derecho, solicitando su confirmación.

CUARTO

Por el Juzgado de lo Penal más arriba referido se remitieron a este Tribunal los Autos originales con todos los escritos presentados y, recibieron que fueron, se señaló como día de la deliberación el 16 de abril de 2008.

Se aceptan y se dan por reproducidos los de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal formula recurso de apelación contra la sentencia de fecha 25 de enero de 2008 que, entre otros pronunciamientos, absuelve a Fidel de los delitos imputados por el mismo, de Atentado y Desobediencia, interesando como primer y segundo motivo del recurso la revocación del citado pronunciamiento y la condena del denunciado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR