STSJ Cataluña , 14 de Febrero de 2001

ECLIES:TSJCAT:2001:1981
Número de Recurso1913/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Recurso n° 1913/96 Partes: DIRECCION000 . C/ Tesorería General de la Seguridad Social SENTENCIA N°154 En la ciudad de Barcelona, a catorce de febrero de dos mil uno. D. JOSÉ MANUEL BANDRÉS SÁNCHEZ CRUZAT, Magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, (Sección Segunda), constituida con un solo magistrado, de conformidad con la Disposición Transitoria única 2, de la Ley Orgánica 6/1998, para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n° 1913/96, interpuesto por la entidad mercantil DIRECCION000 ., representada por el Procurador D. Jorge Solá Serra y defendida por el Letrado D. Josep María Casadevall, contra la Tesorería General de la Seguridad Social, representada y defendida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Procurador Sr. Sola Serra, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la Resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social, Delegación Provincial de Girona, de fecha 20 de marzo de 1996, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra resolución de la Subdirección Provincial de Recaudación de fecha 26 de enero de 1996, recaída en expte de derivación de responsabilidad entre Empresas.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por Auto de 14-1-97 la Sala acordó no haber lugar al recibimiento del pleito a prueba. Se continuó el procedimiento por el trámite de conclusiones sucintas, que las partes evacuaron haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación; y, finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo, que ha tenido lugar el día 13 de febrero del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sociedad Limitada DIRECCION000 impugna mediante la interposición del presente recurso contencioso-administrativo, la resolución del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Girona del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 20 de marzo de 1996, que desestimó el recurso ordinario interpuesto contra la resolución de la Subdirección Provincial de Recaudación de 26 de enero de 1996, que declaró la responsabilidad solidaria de la referida empresa, por las deudas de la Seguridad Social contraídas por la empresa DIRECCION002 , Sociedad Anónima, solicitando su defensa...

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