STSJ Cataluña , 26 de Abril de 2005

PonenteJUAN BERTRAN CASTELLS
ECLIES:TSJCAT:2005:5223
Número de Recurso574/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Abril de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA RECURSO ORDINARIO (LEY 1998) Nº 574/2000 Partes: ARROHABITATGE, S.A. C/ TEARC S E N T E N C I A Nº 431 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. EMILIO ARAGONES BELTRAN MAGISTRADOS D. JUAN BERTRAN CASTELLS D. Mª MERCEDES CASTILLO SOLSONA En la ciudad de Barcelona, a veintiseis de abril de dos mil cinco .

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº

574/2000 , interpuesto por ARROHABITATGE, S.A., representado por el Procurador RAMON FEIXO BERGADA, contra TEARC , representado por la ABOGACIA DEL ESTADO.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN BERTRAN CASTELLS , quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador RAMON FEIXO BERGADA actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contraRESOLUCION DE FECHA 21 MAYO 1997 EN RECLAMACION NUM. 17/960/96 C/ ACUERDO DEPENDENCIA RECAUDACION AEAT DELEGACION GIRONA POR EL CONCEPTO DE ACUERDO DENEGATORIO APLAZAMIENTO .

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

.Continuando el proceso su curso por los tramites que aparecen en autos., se señaló dia y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso jurisdiccional la Resolución del TEAR de Catalunya de fecha 21 de mayo de 1997, desestimatoria de la reclamación económico- administrativa que fuera deducida por la recurrente en la presente litis Arrohabitatge...

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