RESOLUCIÓN TRE/1820/2010, de 15 de abril, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de mando (convocatoria de provisión núm. TI/10/10).

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE TRABAJO
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

TRE/1820/2010, de 15 de abril, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de mando (convocatoria de provisión núm. TI/10/10).

De acuerdo con lo que prevén el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 2398, de 26.5.1997), y otras disposiciones complementarias;

Considerando que el puesto de trabajo objeto de convocatoria está vacante y visto que la persona titular de la unidad orgánica donde está adscrito el puesto de trabajo ha propuesto proveerlo;

Considerando la vigente relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Generalidad y la descripción del puestos de trabajo a proveer, incluida en el manual de organización de este Departamento;

Visto que la Intervención Delegada del Departamento ha realizado el correspondiente trámite de intervención;

De conformidad con el artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

Artículo 1

Convocar, por el sistema de libre designación, la provisión del puesto de trabajo del Departamento de Trabajo (convocatoria TI/10/10) que se detalla en el anexo 2, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

Artículo 2

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la consejera de Trabajo en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 15 de abril de 2010

P. D. (Orden TIC/371/2002, DOGC de 11.11.2002)

Antoni Fernández Pérez

Secretario general

Anexo 1

Bases

—1 Puesto de trabajo

Se convoca, por el sistema de libre designación, la provisión de un puesto de trabajo del Departamento de Trabajo (convocatoria núm. TI/10/10), cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria.

—2 Contenido funcional

El contenido funcional del puesto de trabajo a proveer es el que consta en el apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria.

—3 Requisitos de participación

3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario que cumpla los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de los puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria, de conformidad con lo siguiente:

3.1.1 El personal funcionario mencionado puede estar, respecto de la Administración de la Generalidad, en cualquiera de las situaciones administrativas que prevé la normativa.

3.1.2 También podrá participar el personal funcionario, no integrado, que preste servicios en la Administración de la Generalidad y que pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación en los que esté clasificado el puesto objeto de convocatoria, siempre que cumpla los requisitos y las condiciones exigidos en la relación de puestos de trabajo.

Así mismo, podrá participar el personal funcionario que pertenezca a cuerpos, escalas o plazas del grupo de titulación en los que está clasificado el puesto convocado, a los que no se exigió la titulación que señala el artículo 19 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, siempre que la titulación no sea un requisito indispensable de acuerdo con la relación de puestos de trabajo.

3.1.3 En ningún caso podrá participar ni el personal funcionario que se encuentre en suspensión de empleo, ni el que haya sido trasladado de puestos de trabajo ni el que haya sido destituido de puestos de mando...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR