ORDEN de 28 de setiembre de 1994, del Consejero de Presidencia, Régimen Jurídico y Desarrollo Autonómico, por la que se dispone la publicación de los Convenios celebrados por el Gobierno Vasco, que se indican.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorPresidencia, Regimen Juridico y Desarrollo Autonomico
Rango de LeyOrden

ORDEN de 28 de setiembre de 1994, del Consejero de Presidencia, Régimen Jurídico y Desarrollo Autonómico, por la que se dispone la publicación de los Convenios celebrados por el Gobierno Vasco, que se indican.

Habiéndose suscrito por el Gobierno Vasco varios

Convenios, una vez cumplimentados respecto a ellos los requisitos establecidos en el artículo 18 de la Ley 7/1981, de 30 de junio, de Gobierno, y a los efectos de darles la publicidad debida,

DISPONGO:

Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del

País Vasco el texto de los siguientes Convenios: - Convenio con la Diputación Foral de Bizkaia para la construcción de la estación de transferencia de residuos sólidos de Getxo, que figura como Anexo I. - Convenio de colaboración con el Consejo General del Poder Judicial sobre el servicio de asistencia y orientación social al detenido, que figura como Anexo

  1. - Convenio con el Instituto Geográfico Nacional para el restablecimiento de las líneas municipales dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que figura como Anexo III. - Convenio de colaboración con el Boletín Oficial del Estado sobre intercambio de información jurídica, que figura como Anexo IV. - Convenio de colaboración entre el Instituto Vasco de Estadística (Eustat) y el Instituto Nacional de Estadístico (Ine) para la realización de la «Estadística sobre actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico 1993 en el sector empresas», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que figura como

Anexo V Acuerdo con el Ayuntamiento de Irun, para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo de Irun, que figura como Anexo VI. - Acuerdo con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo de Vitoria-Gasteiz, que figura como Anexo VII.

En Vitoria-Gasteiz, a 28 de setiembre de 1994.

El Consejero de Presidencia, Régimen Jurídico y Desarrollo Autonómico,

JOSEBA M. DE ZUBIA Y ATXAERANDIO.

ANEXO I

Convenio de Cooperacion entre el Gobierno Vasco y la Diputacion Foral de Bizkaia para la Construccion de la Estacion de Transferencia de Residuos Solidos de

Getxo.

En Vitoria-Gasteiz, a 15 de diciembre de 1993.

REUNIDOS:

El Excmo. Sr. D. José Antonio Maturana Plaza, Consejero del Departamento de Urbanismo, Vivienda y

Medio Ambiente del Gobierno Vasco.

El Ilmo. Sr. D. Miguel Ángel Villanueva Egia,

Diputado Foral del Departamento de Medio Ambiente y Acción Territorial de la Diputación Foral de Bizkaia.

INTERVIENEN:

El primero, en virtud de las atribuciones que le son propias como titular del Departamento de Urbanismo,

Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, y en representación legal del mismo.

El segundo, en virtud de las atribuciones que le son propias como titular del Departamento de Medio

Ambiente y Acción Territorial de la Diputación Foral de Bizkaia, y en representación legal de la misma.

Ambos intervinientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para celebrar el presente

Convenio de Cooperacion, y a tal efecto:

EXPONEN: 1.- Que en desarrollo de las previsiones contenidas en el «Plan de Acción para la Gestión de Residuos Sólidos

Urbanos (R.S.U.) de Bizkaia», se han construido vertederos controlados de ámbito comarcal en Las

Encartaciones, ArratiaNervión, LeaArtibai y UribeKosta, a cuyo efecto, en su día, se suscribió un Convenio entre el Gobierno Vasco y la Diputación que permitió su financiación.

Del citado Plan quedan por realizar los vertederos de las comarcas de Duranguesado y Busturialdea, que no se van a llevar a cabo y se sustituyen por sendas Estaciones de Transferencia, desde las cuales se trasladarán los R.S.U. a uno de los vertederos controlados existentes, concretamente al de UribeKosta.

Así mismo, y con objeto de reducir costos en el traslado de R.S.U. desde el Municipio de Getxo y los de su entorno hasta el referido vertedero controlado de UribeKosta, se ha proyectado la construcción de otra Planta de Transferencia que quedará ubicada en terreno propiedad del Ayuntamiento de Getxo, situado dentro del término municipal de Leioa, que también se beneficiará de dichas instalaciones, terrenos que, en la realidad, están destinados al vertedero de R.S.U. y serán objeto de recuperación y reutilización para residuos inertes. 2.- Que la puesta en funcionamiento de los vertederos controlados de R.S.U. de ámbito comarcal, está suponiendo, hasta la fecha, la recuperación de los antiguosvertederos municipales que se abandonan a la puesta en servicio de aquéllos, recuperación que se ha llevado a cabo, entre otros, en los vertederos de Argalario,

Ondarroa (Berriatua), Lekeitio, Orduña, Igorre,

Nabarniz, Zalla, Ea, Berango, Lemoiz, Abellaneda,

Durango y Balmaseda.

En servicio el vertedero controlado de UribeKosta, procede llevar a cabo la recuperación medioambiental de los vertederos de R.S.U. de Getxo y Leioa. 3.- Que en sucesivas campañas durante los últimos años, vía Convenio con el INEM y la Viceconsejería de

Medio Ambiente, la Diputación Foral también ha realizado una importante inversión en la recuperación de múltiples zonas degradadas, generadas como consecuencia de vertidos incontrolados de residuos, en la mayoría de los casos, inertes originados por obras menores, mobiliario en desuso, entre otros desechos.

El tratamiento de dichas áreas con su reconversión, en muchos supuestos, en espacios de uso público ajardinado o miradores de interés paisajístico (Fuente de «Los

Birrochos», en Archanda, alto de Autzagane, construcción del Mirador de Mundaka, recuperación de Mirador de Portuondo, entre otros), supone la eliminación de focos contaminantes a la vez que se pretende, mediante carteles y campañas de educación ambiental dirigidas al público en general, modificar actuaciones personales que desgraciadamente tanto dañan al entorno común de todos los vizcaínos.

Para evitar que se produzcan este tipo de vertidos y principalmente dar soluciones de tratamiento a los residuos industriales inertes, tierras y escombros generados en el Territorio Histórico de Bizkaia se ha elaborado un

Plan Rector de Residuos Industriales Inertes para toda la Comunidad Autónoma y un Plan de Acción para la

Gestión de los Residuos Inertes generados en Bizkaia los cuales conllevan la construcción de un conjunto de sistemas de tratamiento de ámbito comarcal. 4.- Que por otro lado del Plan Directos de Alava quedan por realizar los sistemas de tratamiento de residuos de la comarca de Alto Nervión en la que están incluidos varios municipios del Territorio Histórico de

Bizkaia.

En el caso de la Comarca del Alto Nervión y después de varios estudios de detalle sobre el sistema óptimo de tratamiento de residuos en la citada comarca se ha visto que el más adecuado desde los diferentes aspectos técnicos, económicos, sociales, etc., es la estación de transferencia a ubicar dentro del municipio de Llodio.

Debido a que toda estación de transferencia es una etapa intermedia en la gestión de los residuos y no existe un sistema de tratamiento final en la comarca se analizarán dentro de los existentes el más adecuado que por motivos de proximidad, capacidad y adaptabilidad al incremento de basuras a tratar se eligió el vertedero comarcal de Encartaciones.

Teniendo en cuenta las exigencias para una normal circulación derivada de los vehículos de gran porte, dotados de cabeza tractora y remolque al servicio de la estación de transferencia del Alto Nervión la utilización del vertedero comarcal de Encartaciones requiere la habilitación de un nuevo acceso más ancho, más directo al vertedero comarcal desde Gordexola (dirección

Caserío Lanzagorta), lo que haría más rentable su explotación al recibir un mayor tonelaje de residuos al incorporarse en la comarca del Alto Nervión. 5.- Que para hacer frente a las inversiones necesarias, a medio plazo, en lo que concierne al tratamiento de los R.S.U. en la comarca de Uribe-Kosta, y en concreto para la Estación de Transferencia de Getxo, se han mantenido diversos contactos entre la Viceconsejería de

Medio Ambiente del Departamento de Urbanismo,

Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco y el

Diputado Titular del Departamento de Medio Ambiente y Acción Territorial de la Diputación Foral de Bizkaia, que han permitido establecer las bases de un acuerdo para la financiación conjunta de aquellas obras que figuran en el presente documento. 6.- Que para la adecuada instrumentación de las aportaciones de ambas partes se procede a formalizar el presente Convenio de Cooperación con arreglo a las siguientes.

CLÁUSULAS:

Primera.- Es objeto del presente Convenio de Cooperación entre el Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco y el Departamento de Medio Ambiente y Acción Territorial de la

Diputación Foral de Bizkaia, el establecer las bases de participación en la financiación de la redacción y la ejecución del Proyecto de la Estación de Transferencia de

Getxo a través de una aportación conjunta, siempre de acuerdo con el procedimiento y condiciones que en este clausulado se establecen, siendo el coste total de ciento setenta y cinco millones (175.000.000) pesetas.

Segunda.- El Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, se compromete a la financiación de la Estación de Transferencia de Getxo en los términos establecidos en el presente convenio por un importe de setenta millones (70.000.000) pesetas.

Tercera.- El Departamento de Medio Ambiente y

Acción Territorial de la Diputación Foral de Bizkaia, se compromete...

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