ORDEN ADM/124/2009, de 13 de enero, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del Fallo de la Sentencia de fecha 27 de junio de 2007, dictada por el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Séptima, en el recurso contencioso-administrativo n.º 47/2004, interpuesto por D. Rafael Marcos Millán, contra el Real Decreto 1187/2001, de 2 de noviembre, sobre traspaso a la Comunidad de Castilla y León, de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejería de Administración AutonóMica
Rango de LeyOrden

ORDEN ADM/124/2009, de 13 de enero, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del Fallo de la Sentencia de fecha 27 de junio de 2007, dictada por el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Séptima, en el recurso contencioso-administrativo n.º 47/2004, interpuesto por D. Rafael Marcos Millán, contra el Real Decreto 1187/2001, de 2 de noviembre, sobre traspaso a la Comunidad de Castilla y León, de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación.

En el recurso contencioso administrativo número 47/2004, seguido a instancia de D. Rafael Marcos Millán, se dictó, con fecha 27 de junio de 2007, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo arriba referenciada, sentencia cuyo fallo era del siguiente tenor literal: '1. Estimar el recurso contencioso administrativo interpuesto por D. RAFAEL MARCOS MILLÁN contra el Real Decreto 1187/2001, de 2 de noviembre, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Castilla y León de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación; y anular, por ser contraria a Derecho, la exclusión que se hace del recurrente en la relación de personal funcionario a traspasar a la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

  1. Reconocer el derecho del recurrente a ser traspasado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León. 3. No hacer especial pronunciamiento sobre costas'.

Con fecha 14 de septiembre siguiente y a petición de la parte recurrente, se dicta Auto por el mismo Tribunal, en aclaración del punto 2 de su fallo, Auto que a su vez es objeto de rectificación en corrección de errores materiales, que se sustancia por Auto de siete de noviembre siguiente, quedando redactado el apartado 2 del fallo arriba trascrito de la siguiente manera: '2. Reconocer el derecho del demandante a ser traspasado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León y a ser incluido en el listado de personal transferido que figura en el anexo del antes mencionado Real Decreto 1187/2001; y condenar a la Administración General del Estado y a la Comunidad Autónoma de Castilla y León a que realicen lo necesario para hacer efectivo ese traspaso, con las consecuencias legales inherentes al mismo y efectos desde la fecha de efectividad establecida en ese mismo Real Decreto 1187/2201'.

El 21 de junio de 2008 se registra de entrada en el registro único de las Consejerías de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR