SAP Madrid 295/2007, 8 de Junio de 2007

PonenteJUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ-VALDES
ECLIES:APM:2007:9434
Número de Recurso426/2006
Número de Resolución295/2007
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 9

MADRID

SENTENCIA: 00295/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección Novena

SENTENCIA NÚMERO: 295

Rollo: 426 /2006

Ilmos. Sres. Magistrados:

Don José Luis Durán Berrocal

Don Juan Luis Gordillo Álvarez Valdés

Don José María Salcedo Gener

En Madrid, a ocho de junio de dos mil siete.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los Autos de Juicio Ordinario nº 1024/2004, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 69 de Madrid, a los que ha correspondido el Rollo 426/2006, en los que aparecen como partes: de una, como demandante-reconvenido y hoy apelado DON Evaristo, representado por el Procurador Sr. Don Armando Pedro García de la Calle, y de otra, como demandada-reconviniente y hoy apelante PELAYO MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, representada por el Procurador Sr. Don Julio Antonio Tinaquero Herrero; sobre reclamación de cantidad.

SIENDO MAGISTRADO PONENTE EL ILMO. SR. D. Juan Luis Gordillo Álvarez Valdés.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 69 de Madrid, en fecha 13 de marzo de 2006, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: ›Fallo: "Estimo la demanda interpuesta por el Procurador D. Armando Pedro García de la Calle en representación de D. Evaristo, contra Pelayo Mutua de Seguros a prima fija, representada por el Procurador D. Julio Antonio Tinaquero Herrero, y desestimo la reconvención formulada por éste, en la misma representación, contra aquél, y en consecuencia, 1.- Condeno a la expresada demandada a pagar a D. Evaristo la cantidad de 14.915,95 euros (CATORCE MIL NOVECIENTOS QUINCE EUROS CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS) más el 20% de interés desde el 14/5/99. 2.- Condeno a la demandante al pago de las costas derivadas del presente procedimiento. 3.- Absuelvo a D. Evaristo de cuanto se reclama en la reconvención formulada por Pelayo. 4.- Condeno a Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros a prima fija al pago de las costas derivadas de la reconvención."

Segundo

Notificada la mencionada sentencia y previos los trámites legales oportunos, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, del que se dio traslado a la contraparte quien se opuso al mismo, elevándose posteriormente las actuaciones a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, ante la que han comparecido en tiempo y forma bajo las expresadas representaciones.

Tercero

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, ni estimando la Sala necesaria la celebración de vista pública, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento de votación y fallo la cual tuvo lugar el día seis de junio del presente año.

Cuarto

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

Primero

Si bien la parte apelante hace hincapié en los datos obrantes en autos referentes al resultado de la prueba de alcoholemia practicada al conductor del turismo siniestrado -que arrojó un resultado de 0´42 y 0´40 miligramos de alcohol por litro de aire espirado-, de tales datos no cabe extraer la consecuencia de la exclusión de garantía que pretende la aseguradora en base a la cláusula de tal exclusión: conducción bajo los efectos de bebidas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR