SAP Castellón 151/2007, 17 de Julio de 2007

PonenteESTEBAN SOLAZ SOLAZ
ECLIES:APCS:2007:592
Número de Recurso106/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución151/2007
Fecha de Resolución17 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 151

Iltmos. Sres.:

Presidente:

Don CARLOS DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ

Magistrados:

Don ESTEBAN SOLAZ SOLAZ

Don PEDRO LUIS GARRIDO SANCHO

En la ciudad de Castellón, a diecisiete de julio de dos mil siete.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, constituida por los Iltmos. Sres. anotados al margen, ha visto y examinado el presente Rollo de Apelación Civil Núm. 106 del año 2.007 incoado en virtud de los recursos interpuestos contra la Sentencia dictada el día 28 de noviembre de 2.006 por la Iltma. Sra. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia Núm. 4 de Castellón, en los autos de Juicio Ordinario, sobre reclamación de indemnización de seguro de daños, seguidos con el Núm. 911 del año

2.005 en el citado Juzgado.

Han sido partes en el recurso, como APELANTE, la aseguradora demandada La Estrella S.A. de Seguros y Reaseguros, representada por el Procurador Don Ramón Soria Torres, y dirigida por la Abogada Doña Concepción Carrillo Soto, y como APELADA, la demandante Doña María Consuelo , representada por la Procuradora Doña Mª Teresa Palau Jericó y dirigida por el Abogado Don Miguel Angel Moreno Bronchal, y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don ESTEBAN SOLAZ SOLAZ, que expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el procedimiento de referencia se dictó Sentencia cuyo fallo literalmente decía:"Estimar la demanda interpuesta por María Consuelo contra La Estrella S.A. Seguros debiendo ésta satisfacer el importe de 13401,14 euros, intereses moratorios previstos en el art. 20 de la LCS y costas causadas."

SEGUNDO

Notificada dicha Sentencia a las partes, la representación procesal de la aseguradora demandada La Estrella S.A. interpuso recurso de apelación contra la misma que, por serlo en tiempo y forma, se admitió en ambos efectos, evacuándose el trámite de oposición, tras lo cual se remitieron los autos a la Audiencia Provincial de Castellón para su resolución.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial, se turnaron a la Sección Primera, donde se formó el oportuno Rollo de Apelación, tramitándose el recurso y señalándose para la deliberación y votación del Tribunal el pasado día 16 de julio de 2.007, a las 9´30 horas en que ha tenido lugar.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso de apelación se han observado, en lo esencial, todas las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN, en lo sustancial, los de la Sentencia recurrida, y

PRIMERO

En la demanda inicial de los autos de juicio ordinario de los que trae causa este recurso de apelación, se solicitó la condena de la aseguradora La Estrella S.A. de Seguros y Reaseguros, a pagar a la actora Doña María Consuelo la cantidad de 13.401´14 euros -luego rectificada en la audiencia previa por la cantidad de 13.101 ´14 euros- incrementada con los correspondientes intereses y costas, por tratarse de indemnizar el siniestro amparado por la póliza "Seguro Estrella Comercios y Oficinas", nº NUM000 , concertada entre la aseguradora demandada y la actora, a consecuencia del incendio ocurrido entre las 4 y 5 horas del día 31 de octubre de 2.002 en el mobiliario cubierto con fundas de lona y asegurado con cadenas de hierro y candado del kiosko (bar) sito en la Plaza de la Paz de la ciudad de Castellón propiedad del Ayuntamiento de esta ciudad y explotado por la actora en régimen de concesión administrativa.

La Sentencia dictada en primera instancia estimó íntegramente la demanda interpuesta y condenó a La Estrella S.A. a que indemnizara a la actora Doña María Consuelo en la cantidad de 13.401´14 euros, con los intereses legales correspondientes, y las costas procesales causadas. Para llegar a esta cuantía indemnizatoria, que fue la única cuestión planteada en la litis, la Juzgadora a quo consideró que sólo fue reclamada la diferencia debida sobre los daños en continente y contenido, con exclusión de lo ya abonado por la aseguradora, incluyendo en los mismos el barnizado de madera y la distinta valoración contenida en el informe pericial presentado por la demandante, al que dio preferencia, y asimismo, admitió la indemnización por pérdida de explotación reclamada por la actora al no constar probado que ésta no tuviera intención de reanudar el negocio ni que pudiera haber seguido tal explotación en condiciones aceptables, no pudiendo exigírsele que satisficiera para tal fin una suma cuyo abono corresponde precisamente a la entidad demandada en virtud del seguro contratado.

Disconforme con estos pronunciamientos se alza la aseguradora demandada La Estrella S.A. solicitando que la indemnización se reduzca a las cantidades ya entregadas a la asegurada por la recurrente, por lo que con estimación del presente recurso interesa la revocación de la sentencia dictada en primera instancia y la desestimación de las pretensiones contenidas en la demanda. Pretensión revocatoria a la que se ha opuesto la demandante que interesa la desestimación del recurso y la confirmación de la resolución recurrida.

SEGUNDO

El primer motivo del recurso reproduce la excepción de prescripción planteada en la contestación y que, según se expresa, no fue resuelta por la Juzgadora de instancia. Se basa este motivo en que el último burofax que se envió a la aseguradora recurrente reclamando e interrumpiendo la prescripción fue de fecha 17/11/2003, que fue recibido en la misma fecha, habiendo transcurrido mas de los dos años que para la...

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