STSJ Canarias , 4 de Diciembre de 2000

PonenteMARIA DEL CARMEN SANCHEZ-PARODI PASCUA
ECLIES:TSJICAN:2000:4266
Número de Recurso755/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Social

R.755-2000 RECURSO NUMERO: 755-2000 PRESIDENTE:

ILTMO.SR.DON.JOSE MANUEL CELADA ALONSO.

ILTMA. SRA. Dª Mª DEL CARMEN SANCHEZ PARODI PASCUA.

ILTMA. SRA. Dª PILAR DIAZ DE LOSADA HAMILTON.

En Santa Cruz de Tenerife, a cuatro de diciembre de 2000.

La Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife.

EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 755-2000, interpuesto por Doña Rita , frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. Tres en los Autos R.- 626-98 en reclamación de cantidad (reintegro gastos médicos), ha sido Ponente la ILTMA. SRA. DOÑA Mª DEL CARMEN SANCHEZ PARODI PASCUA.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Que según consta en Autos, se presentó demanda por Doña Rita , en reclamación de cantidad (reintegro gastos médicos) siendo demandado Servicio Canario de Salud y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día l8 de julio de 2000, por el Juzgado de referencia, con carácter desestimatoria.

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes: "1º.- La actora presta servicios en el Hospital Universitario de Canarias, como médico bacteriológico y fue sometida a tratamiento quirúrgico en dicho Hospital con extirpación parcial de un desomixona peritoneal producido por un adenocarcinoma mucinoso de apéndice.- 2º.- La actora fue tratada con posterioridad el 5 de febrero de l998 en el Hospital Center de Washington permaneciendo ingresada hasta el 28 de febrero siguiente.- 3º.- Los gastos de la asistencia médica privada ascendieron a 20.049 835 pesetas.- 4º.- El organismo demandado desautorizó el traslado en fecha l de abril de l998.- 5º.- Se ha agotado la vía administrativa previa".

TERCERO

Que por el Juzgado de lo Social núm.Tres, se dictó Sentencia, cuyo Fallo literal dice:

"Que desestimando la demanda interpuesta por Doña Rita , contra Servicio Canario de Salud, debo absolver y absuelvo al Organismo demandado de los pedimentos esgrimidos en su contra".

CUARTO

Que contra dicha Sentencia, se interpuso Recurso de Suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de contrario. Recibidos los Autos por esta Sala, se formó el oportuno rollo y pase al Ponente, fijándose el día l6 noviembre 2000 para votación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia de instancia desestimatoria de la pretensión de la parte actora recurre ésta en suplicación al amparo de lo establecido en el art. l9l. b) de la Ley de Procedimiento Laboral interesando la reforma de hechos probados con apoyo en los documentos que cita al efecto y proponiendo como texto alternativo: "Cuarto.- Con fecha 28 de enero de l996 la actora notificó a la Entidad Gestora Sanitaria su solicitud de reintegro de gastos.- Sexto.- Desde el año l992 la actora ha venido siendo sometida a revisiones ginecológicas sistemáticas en las cuales se ha venido observando y vigilando un aumento del tamaño del útero por posible mioma sin ningún síntoma clínico. En julio de l996 comprueban que ha aumentado un poco de tamaño y deciden seguir vigilancia. En julio de l997 se nota en región pubica hacia lado izquierdo, cerca de región inguinal un nódulo de 2 centímetros de diámetro liso, duro ligeramente doloroso a la presión y no adherido a la piel ni en profundidad. El 2 de septiembre de l997 es sometida a intervención quirúrgica en la que se procede a la extirpación de la tumoración inguinal en el que fue descubierto y parcialmente extirpado de un seuudomixona peritoneal...

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