DECRETO 190/2003, de 29 de julio, de segunda modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Interior.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorInterior
Rango de LeyDecreto

DECRETO 190/2003, de 29 de julio, de segunda modificaciÛn del Decreto por el que se establece la estructura org·nica y funcional del Departamento de Interior.

Mediante Decreto 358/1999 de 19 de octubre (BOPV de 28/10/1999), se estableciÛ la estructura org·nica y funcional del Departamento de Interior, que fue parcialmente modificado por el Decreto 369/2001, de 26 de diciembre (BOPV de 28/12/2001).

Conforme a la estructura hoy vigente la gestiÛn ordinaria del personal laboral adscrito a la ViceconsejerÌa de Seguridad se encomienda a las diversas Direcciones dependientes a dicha ViceconsejerÌa. La experiencia demostrada desde la aprobaciÛn del Decreto 358/1999 aconseja racionalizar dicha gestiÛn ordinaria encomend·ndola en conjunto a la DirecciÛn de Recursos Humanos, sin perjuicio de las funciones que corresponden a la DirecciÛn de Servicios, las cuales no son objeto de modificaciÛn.

En su virtud a propuesta del Consejero de Interior, previa aprobaciÛn de la Presidencia y deliberaciÛn y aprobaciÛn del Consejo de Gobierno en su sesiÛn celebrada el dÌa 29 de julio de 2003,

DISPONGO:

ArtÌculo primero ø Se modifica el artÌculo 18, p·rrafo tercero, letra d) del Decreto 358/1999, de 19 de octubre, por el que se establece la estructura org·nica y funcional del Departamento de Interior, que quedar· redactado en los siguientes tÈrminos:

"d) La gestiÛn ordinaria del personal laboral adscrito a los Ûrganos de la ViceconsejerÌa de Seguridad y, adem·s, la resoluciÛn de los expedientes de compatibilidad, la declaraciÛn de las jubilaciones forzosas y por incapacidad fÌsica, el ejercicio de las potestades disciplinarias excepto el despido; la concesiÛn de licencias y permisos y, la propuesta a la DirecciÛn de Servicios de las relaciones de puestos de trabajo de dicho personal laboral."

ArtÌculo segundo ø Se suprime la letra o) del apartado primero del artÌculo 14 y el apartado cuarto del...

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