Decreto 204/1996, de 5 de Noviembre, por el Que Se Segregan y Agregan Reciprocamente Porciones de Los Terminos Municipales de Alicante y Busot.

MarginalBOE-A-1996-28652
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autonoma Valenciana
Rango de LeyDecreto

Los Ayuntamientos de Alicante y Busot tramitaron expediente con carácter voluntario para segregar y agregar recíprocamente sendas porciones de sus términos municipales.

El expediente ha sido tramitado de conformidad con las prescripciones legales, habiéndose apreciado la concurrencia de las circunstancias exigidas legalmente para proceder a la segregación.

El artículo 31.8 de la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, atribuye a la Generalidad la competencia exclusiva para la alteración de términos municipales, competencia que es conforme a lo que dispone el artículo 13 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases de régimen local, y el Real Decreto 3318/1983, de 25 de agosto, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Generalidad Valenciana en materia de Administración Local.

En su virtud, de acuerdo con el Consejo de Estado, a propuesta del Consejero de Presidencia, y resultando acreditado el cumplimiento de las prescripciones exigidas en la legislación vigente, tanto de carácter procedimental como sustantivas, previa deliberación del Gobierno valenciano en su reunión del día, dispongo:

Artículo 1
  1. Se segregan sendas porciones de los términos municipales de Alicante y Busot (Alicante) para su agregación recíproca.

  2. Las porciones segregadas son las siguientes:

  1. Segregación de término de Alicante para su agregación a término de Busot de una superficie de 34,5 hectáreas.

  2. Segregación de término de Busot para su agregación a término de Alicante de una superficie de 37,6 hectáreas.

La nueva línea de término será la siguiente:

Se inicia desde el mojón 3 T (Busot, Campello, Alicante). Comienza su trazado coincidiendo con la actual divisoria, hasta el M-8. Desde este punto, coincide con las vallas traseras de la urbanización «Hoya de los Patos», continuando por la línea recta que une el poste de tendido eléctrico existente en las vallas referidas y el centro del puente sobre el barranco de Agua Amarga. Desde este punto discurre por el eje del camino de los Pastores, hasta el punto situado a 30 metros del acceso de la urbanización, tomando seguidamente una línea paralela a 30 metros de la calle existente, hasta el entronque con el camino de «Hoya del Espino», continuando, por el eje, hasta el cruce con el camino que va a la Casa de la Rambla. Termina en la intersección del camino de Rambla, con rambla...

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