Resolución de 10 de enero de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se modifica la de 20 de julio de 2012, por la que se establecen las condiciones de actuación de los Creadores de Mercado de Deuda Pública del Reino de España.

MarginalBOE-A-2013-574
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economía y Competitividad
Rango de LeyResolución

La Resolución de 20 de julio de 2012, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se establecen las condiciones de actuación de los Creadores de Mercado del Deuda Pública del Reino de España, regula las condiciones de actuación de los Creadores de Mercado de Deuda Pública del Reino de España. Además, esa norma habilita a esta Secretaría General para establecer las condiciones en que los Creadores de Mercado desempeñarán las funciones que se les encomienda, de las que podrán derivar especialidades en el procedimiento de emisión y suscripción de la Deuda del Reino de España.

En concreto, en la mencionada Resolución se definen las condiciones de suscripción de la Deuda del Estado y el acceso a las segundas vueltas para los Creadores de Mercado de Bonos y Obligaciones. La Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, ante la necesidad actual de atender la demanda puntual de ciertos inversores, y en especial de los Creadores de Mercado, podrá realizar subastas especiales cuyas especificidades aconsejan introducir determinadas modificaciones en la vigente normativa de los Creadores de Mercado.

Estas subastas especiales, a las que hace mención la Orden por la que se dispone la creación de Deuda del Estado de cada año, se emiten mediante un proceso transparente y competitivo dado que se imponen las mismas condiciones a todos los Creadores de Mercado. La presente modificación elimina la segunda vuelta en las subastas especiales y la obligación de los Creadores de Mercado a participar en ellas. Elimina asimismo el cómputo de las suscripciones en las subastas especiales de Bonos y Obligaciones a los efectos de la evaluación mensual de los Creadores de Mercado.

En virtud de lo anterior, he dispuesto:

Modificación de la Resolución de 20 de julio de 2012, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se establecen las condiciones de actuación de los Creadores de Mercado del Deuda Pública del Reino de España.

Primero.

  1. Se añade un último párrafo al punto 2.º del artículo quinto. Derechos de los Creadores de Mercado de Bonos y Obligaciones, con la siguiente redacción:

    Las subastas especiales no tienen segunda vuelta, salvo que esta se contemple en la disposición por la que se convocan las mismas.

  2. Se sustituye el punto 1.º del artículo sexto. Obligaciones de los Creadores de Mercado de Bonos y Obligaciones.

    1. Participación en las subastas de Bonos y Obligaciones del...

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