Resolución de 31 de octubre de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se actualiza el anexo de la Resolución de 4 de marzo de 2013, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía que se acojan a la línea de financiación directa ICO-CCAA 2012 y al Fondo de Liquidez Autonómico.

MarginalBOE-A-2013-11727
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economía y Competitividad
Rango de LeyResolución

La Resolución de 4 de marzo de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía que se acojan a la línea de financiación directa ICO-CCAA 2012 y al Fondo de Liquidez Autonómico establece en su artículo tercero que «el coste total máximo de las operaciones de endeudamiento, incluyendo comisiones y otros gastos no podrá superar los tipos fijos o los diferenciales máximos aplicables que publique mensualmente mediante Resolución la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera. Los costes máximos publicados permanecerán en vigor mientras no se publiquen nuevos costes».

Conforme a dicha obligación de actualización mensual de los tipos fijos o diferenciales máximos aplicables, se publica un nuevo anexo que sustituirá al anexo incluido en la Resolución de 4 de marzo de 2013 y a la última actualización publicada en la Resolución de 30 de septiembre de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera.

Madrid, 31 de octubre de 2013.–El Secretario General del Tesoro y Política Financiera, Íñigo Fernández de Mesa Vargas.

ANEXO

Diferenciales máximos aplicables al mes de noviembre de 2013 a efectos de cumplimiento del apartado tercero de la Resolución de 4 de marzo de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera

Vida media de la operación (meses) Tipo fijo máximo Diferencial máximo sobre euribor 12 meses Diferencial máximo sobre euribor 6 meses Diferencial máximo sobre euribor 3 meses Diferencial máximo sobre euribor 1 mes
1 2,50 259
2 2,64 252
3 2,81 259 269
4 2,95 273 282
5 3,04 281 290
6 3,10 276 286 296
7 3,14 278 289 298
8 3,17 280 290 300
9 3,20 282 292 302
10 3,22 283 293 303
11 3,25 285 296 305
12 3,32 277 291 301 311
13 3,35 279 292 303 313
14 3,38 281 294 304 314
15 3,40 282 296 306 316
16 3,52 292 306 317 326
17 3,63 301 317 327 337
18 3,72 312 325 335 345
19 3,78 317 330 341 351
20 3,85 323 336 347 356
21 3,91 329 342 352 362
22 3,96 332 346 356 366
23 4,01 336 349 359 369
...

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