ORDEN de 7 de Marzo de 1989, del Departamento de Sanidad y Consumo, sobre Manipuladores de Alimentos.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorSanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

ORDEN de 7 de Marzo de 1989, del Departamento de Sanidad y Consumo, sobre Manipuladores de Alimentos.

El Real Decreto 2505/83, de 4 de Agosto, que aprueba el Reglamento de

Manipuladores de Alimentos, considera la educación sanitaria como el método más eficaz en la prevención de las enfermedades transmisibles por los alimentos.

Desde su entrada en vigor, se han venido realizando en la Comunidad

Autónoma del País Vasco diversas actividades de educación sanitaria.

De esta experiencia ha surgido la necesidad de potenciar tales actividades, dirigiendo los recursos disponibles hacia aquellos colectivos que están más implicados epidemiológicamente en los brotes de infecciones e intoxicaciones alimentarias.

Por ello, en virtud de las competencias que me otorga la legislación vigente,

DISPONGO:

Artículo 1. 1 El personal Manipulador de Alimentos, según la definición que del mismo hace el artículo 2 del Reglamento de Manipuladores de Alimentos, aprobado por Real Decreto 2505/83, de 4 de Agosto, se clasifica en tres niveles, según el riesgo de aparición de enfermedades infecciosas e intoxicaciones alimentarias existente en los distintos tipos de actividad profesional. 2

Los niveles a que hace referencia el apartado 1 de este artículo serán los siguientes: a) Nivel I: Profesionales que trabajen en cocinas de establecimientos públicos y en la elaboración de productos de pastelería y repostería. b) Nivel II: Matarifes, carniceros, elaboradores de productos cárnicos, charcuteros, vendedores de pollos, camareros que no ayuden en cocina, personal de servicio en comedores colectivos y elaboradores de helados. c) Nivel III: El resto de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR