RESOLUCION DE 11 DE MARZO DE 1993, de la Direccion general de Trabajo, por la que se dispone la Inscripcion en el Registro y Publicacion de la Revision salarial del Convenio colectivo del Sector de Harinas panificables y Semolas.

MarginalBOE-A-1993-8759
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyResolución

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo del Sector de Harinas Panificables y Sémolas (número código 9902455), que fue suscrito con fecha de 15 de febrero de 1993, de una parte, por Asociación de Fabricantes de Harinas y Sémolas de España, en representación de las Empresas del sector, y de otra, por UGT, CC. OO. y USO, en representación de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, Esta Dirección General de Trabajo acuerda:

Primero.-Ordenar la inscripción de la revisión salarial del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este Centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el .

Madrid, 11 de marzo de 1993.-La Directora general de Trabajo, Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE LA REUNION CELEBRADA POR LA COMISION PARITARIA DEL SECTOR DE HARINAS PANIFICABLES Y SEMOLAS EL DIA 15 DE FEBRERO DE 1993

En Madrid, siendo las diecisiete treinta horas del día citado, y en la Sala de Juntas de la Asociación de Fabricantes de Harinas y Sémolas de España, se reúne la Comisión Paritaria del Sector de Harinas Panificables y Sémolas, integrada por los señores figurados más abajo, constituyéndose como Mesa negociadora para la revisión del Convenio Colectivo Nacional del Sector de Harinas Panificables y Sémolas.

Asistentes:

UGT: Don Miguel Díaz Tello.

CC. OO.: Don Rafael Espejo Ruz.

USO: Don Eugenio Giménez Palacín.

Empresarios:

Don Manuel Santos Gordo, don Juan Antonio Marcos Muñoz y don Francisco García Martín.

Los reunidos, cada uno con su acreditada representación, se reconocen mutuamente, las Centrales Sindicales presentes, por un lado, y los representantes empresariales, por otro, su respectiva representatividad para la revis ión de este Convenio.

Sobre la base del Acuerdo cuarto del Acta suscrita el 7 de julio del pasado año, elaboran una nueva tabla salarial, figurada como anexo del presente acta, incrementando en un 5,4 por 100 los conceptos retributivos, Salario Base y Plus Convenio, figurados en la tabla acordada el pasado año, al ser dicho porcentaje el incremento del IPC al 31 de diciembre de 1992, según certificación expedida por el Instituto Nacional de...

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