SAP Jaén 469/2000, 29 de Septiembre de 2000
Ponente | JOSE REQUENA PAREDES |
ECLI | ES:APJ:2000:1602 |
Número de Recurso | 691/1998 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 469/2000 |
Fecha de Resolución | 29 de Septiembre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª |
SENTENCIA Núm. 469
Ilmos. Sres.
Presidente
D. JOSE REQUENA PAREDES
Magistrados
D. JOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA
D. GERARDO RUIZ RICO RUIZ
En la ciudad de Jaén, a veintinueve de Septiembre de dos mil.
Vistos en grado de apelación, por la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de Menor Cuantía seguidos en primera instancia con el número 17/97 por el Juzgado de Primera Instancia n° dos de Martos , rollo de apelación de esta Audiencia número 691/98, a instancia de Dª Marcelina representada ante este Tribunal, como apelada por el Procurador Sr. Jiménez Cózar y defendida por el Letrado Sr. Herrera del Real, contra D. Oscar y Dª. María Milagros personados ante este Tribunal, como apelantes, por el Procurador Sr. Méndez Vilchez y defendidos por el Letrado Sr. González Iglesias y contra D. Carlos María representado ante este Tribunal por el Procurador Sr del Balzo Parra bajo la dirección del Letrado Sr. González Iglesias. Demanda a la que se acumuló la seguida ante el mismo Juzgado con el n° 26/97 interpuesta en nombre de Dª Oscar contra Dª Marcelina y D. Carlos María .
ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia n° dos de Martos con fecha veintinueve de Octubre de mil novecientos noventa y ocho .
Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Ureña Nuñez, en nombre y representación de Dª. Marcelina , contra Dª. María Milagros y D. Oscar , representados por el Procurador Sr. Motilla Ortega, y contra D. Carlos María representado por la Procuradora Sra. Carazo Gil, debo declarar y declaro la nulidad desde su origen del contrato de arrendamiento rústico suscrito entre los demandados fechado el día 1 de Marzo de 1.993 unido a la demanda en su día interpuesta por Oscar que dio origen a los autos num. 258/94 del Juzgado de Primera Instancia num. Dos de Martos y en su consecuencia debo condenar y condeno a los demandados Oscar y a su esposa Dª. María Milagros a reparar la situación jurídica de las fincas objeto del arrendamiento al estado anterior al supuesto arrendamiento y por tanto abandonar tales inmuebles dejándolos a disposición de la sociedad de gananciales administrada hoy día, en virtud de Sentencia dictada con fecha 16-1-98 por la Sección Tercera de la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas, en Rollo de Apelación num. 36/97 , por Carlos María , así como las ganancias obtenidas por aquellos y condenándolos a entregar a la actora el importe de las ganancias por la recolección de los frutos de las fincas objeto del contrato de arrendamiento que concretará en ejecución de Sentencia y con expresa condena en costas a los demandados.-Que desestimando la excepción de falta de legitimación pasiva formulada por el Procurador Sr. Ureña Nuñez, en nombre y representación de Marcelina , en la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Motilla Ortega, en nombre y representación de Oscar , contra Marcelina , representada por el Procurador Sr. Ureña Nuñez y contra Carlos María , representado por la Procuradora Sra. Carazo Gil y desestimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Motilla Ortega, en nombre y representación de Oscar , contra Marcelina , representada por el Procurador Sr. Ureña Nuñez y contra Carlos María , representado por la Procuradora Sra. Carazo Gil, debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones aducidas contra los mismos.-".
Contra dicha Sentencia se interpuso por D. Oscar , Dª. María Milagros y D. Carlos María
, en tiempo y forma, recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia n° dos de Martos, que acordó la remisión de los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes, para comparecer ante la misma.
Recibidos los autos en este Tribunal, se acordó la formación del correspondiente rollo, que se...
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