SAP Cantabria 50/2007, 12 de Febrero de 2007

PonenteMARIA RIVAS DIAZ DE ANTOÑANA
ECLIES:APS:2007:231
Número de Recurso22/2007
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución50/2007
Fecha de Resolución12 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SANTANDER

SENTENCIA: 02050/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CANTABRIA rollo RP 22/07

Sección Primera

S E N T E N C I A 50/07

Ilmo. Sr. Presidente

Don Javier de la Hoz de la Escalera.

Ilmos. Srs. Magistrados

Doña Maria Rivas Díaz de Antoñana.

Don Ernesto Sagüillo Tejerina.

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En la Ciudad de Santander, a doce de Febrero de dos mil siete.

Este Tribunal de la Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria, ha visto en grado de apelación la causa núm. 391/06 del Juzgado de lo Penal núm. Cuatro de Santander, Rollo de Sala 22/07, seguida por delito de robo contra Clemente y Ernesto, representados por la procuradora Sra. Peña Alvarez y defendidos por el letrado Arteaga.

Han sido parte apelante en este recurso los acusados.

Es ponente de esta resolución la Ilma. Sra. Magistrado doña Maria Rivas Díaz de Antoñana.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la causa de que este Rollo dimana, por el Juzgado de lo Penal indicado se dictó con fecha seis de noviembre de dos mil seis Sentencia cuyo relato de Hechos Probados y Fallo son del tenor literal siguiente:

"Hechos Probados: Resulta probado y así se declara, que los acusados D. Clemente y D. Ernesto, mayores de edad, con DNI NUM000 y NUM001 respectivamente, y con antecedentes penales no computables en esta causa a efectos de reincidencia, en la madrugada del pasado día 6 de octubre de 2006, con el propósito conjunto de obtener un beneficio económico ilícito, intentaron fracturar la puerta de acceso al bar "La barca" regentado por D. Marcos y sito en la C/ Zancajo Osorio nº 2 de Santander, lo que no pudieron conseguir dada la resistencia que ofreció la mencionada puerta de acceso. Acto seguido, los acusados, actuando con el mismo propósito conjunto de apoderarse de los objetos de valor que encontraran y obtener un beneficio económico ilícito, forzaron la puerta de acceso al bar "La Narda" regentado por Doña Flora, sito en la C/ Capitán Palacios nº 2 de Santander, ejerciendo fuerza sobre dicha puerta en su parte superior, logrando de este modo penetrar en el mencionado establecimiento. Una vez en su interior, procedieron a fracturar una máquina tragaperras, apoderándose asimismo de diversas monedas que se encontraban en el cajón de la máquina registradora, llevándose el mencionado dinero, así como la tolva de la máquina de juegos de azar y el cajón de la máquina registradora. Ambos acusados fueron detenidos en el interior de un edificio sito en las inmediaciones, encontrándose en su poder, la tolva de la tragaperras, el cajón de la máquina registradora sustraída, así como un total de 38,46 euros de los sustraídos en el bar La Narda, y dos destornilladores y un par de calcetines, uno de los cuales en el momento de la detención se encontraba puesto a modo de guante en una de las manos de D. Ernesto. La puerta de entrada al bar La Barca, a consecuencia de la violencia ejercitada para acceder a la misma, sufrió daños materiores tasados pericialmente en la suma de 240 euros. Asimismo, los daños sufridos en la puerta de acceso al bar La Narda, han sido tasados pericialmente en la suma de 120 euros, y los sufridos por la caja registradora de dicho local en 300 euros, estando tasados en 150 euros los causados en la máquina tragaperras cuyo titular se desconoce.

El acusado D. Clemente, fue ejecutoriamente condenado por el Juzgado de Instrucción nº 1 de los de Santander, DUD 273/2006, en virtud de sentencia firma de fecha 13 de agosto de 2006, como autor de un delito de lesiones cometido el día 26 de julio de 2006 a la pena de 8 meses de prisión. Asimismo por el mismo Juzgado fue ejecutoriamente condenado en las DUD 274/2006 por sentencia firme de fecha 13 de agosto de 2006, como autor de un delito de atentado cometido el día 9 de agosto de 2006, a la pena de 8 meses de Prisión.

El acusado...

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