STSJ Comunidad de Madrid 1024/2006, 20 de Junio de 2006

PonenteJUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO
ECLIES:TSJM:2006:8067
Número de Recurso1943/2002
Número de Resolución1024/2006
Fecha de Resolución20 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

RAMON VERON OLARTE ANGELES HUET DE SANDE JUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIU BERTA MARIA SANTILLAN PEDROSA JOSE LUIS QUESADA VAREA MARGARITA ENCARNACION PAZOS PITA JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 01024/2006

SENTENCIA Nº 1024

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION NOVENA

Ilmos Sres.:

Presidente:

Don Ramón Veron Olarte:

Magistrados:

Dª. Angeles Huet Sande

Juan Miguel Massigoge Benegiu.

Dª. Berta Santillán Pedrosa.

José Luis Quesada Varea.

Dª. Margarita Pazos Pita

D. Juan Ignacio González Escribano

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En la Villa de Madrid a veinte de junio del año dos mil seis.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el presente recurso contencioso-administrativo nº 1943/2002, interpuesto por D. Jose Pedro en su propio nombre contra resolución del Subsecretario de Defensa de 10 de octubre de 2002 que desestima la equiparación retributiva del actor con los componentes de la Guardia Civil de su mismo empleo en activo.

Habiendo sido parte la Administración General del Estado representada por su Abogacía.

La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 21 de noviembre de 2002 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en los que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso con la consiguiente anulación de los actos recurridos y el reconocimiento del derecho invocado.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso y, se declare la conformidad a Derecho de la resolución impugnada.

TERCERO

No acordado el recibimiento a prueba, se dio traslado a las partes sucesivamente para conclusiones, quienes la evacuaron en sendos escritos en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

CUARTO

Con fecha 1 de junio de 2006, se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente...

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