El reto del Juez Nacional como Juez Europeo

AutorSantiago M. Álvarez Carreño
Cargo del AutorProfesor titular, Universidad de Murcia
Páginas247-287
EL RETO DEL JUEZ NACIONAL COMO JUEZ
EUROPEO*
Santiago M. Álvarez Carreño
SUMARIO: I. Introducción: el singular contexto en el que se enmarca el pre-
sente estudio. II. Cuatro cuestiones basilares que reflejan la esencial posición del
juez nacional en relación al Derecho de la UE en la actualidad. II.1. La titubean-
te transformación del TC español en «órgano jurisdiccional» a efectos de la in-
terposición de la cuestión prejudicial: la disonancia latente entre el TC y el TJUE
sobre la suprema interpretación en materia de derechos fundamentales. II.2. El
reforzamiento de la responsabilidad extracontractual de los EEMM por el in-
cumplimiento del deber de interposición de una cuestión prejudicial por sus
órganos jurisdiccionales nacionales cuyas decisiones no sean susceptibles de
ulterior recurso judicial de Derecho interno. II.3. El paso adelante dado por las
reformas de la legislación administrativa y procesal española en 2015 para ga-
rantizar la penetración en el ámbito interno del Derecho de la UE y de la juris-
prudencia de Luxemburgo (y de Estrasburgo). II.4. La cláusula de cierre del
sistema: la nueva regulación de la responsabilidad del Estado legislador y la
posible infracción del principio de equivalencia del Derecho de la UE. III. Con-
sideración final: el necesario reforzamiento del papel de los jueces nacionales
como garantes de la subsistencia del proyecto europeo. IV. Bibliografía.
* Un profundo agradecimiento a la Junta Directiva de la Asociación Española de Profe-
sores de Derecho Administrativo (AEPDA) personalizada en su presidente, el profesor Fernando
L R, por la confianza depositada. Este trabajo es tributario, en buena medida, de las
diversas Jornadas sobre el tema a las que he asistido y que me han proporcionado conocimien-
tos inestimables. En especial, debo dejar aquí consignadas la Jornada conmemorativa del nú-
mero 100 de la Revista Andaluza de Administración Pública La Jurisdicción Contenciosa 20
años después de la Ley 29/1998, realizada en Sevilla, el día 19 de octubre de 2018; y, las
Jornadas Balance y perspectivas de la LJCA en su XX aniversario, realizadas en Barcelona los
días 15 y 16 de noviembre de 2018; así como he tenido acceso a través de la web a las intere-
santes ponencias y debates que tuvieron lugar en el XVII Curso sobre la Jurisdicción Conten-
cioso-Administrativa. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa y su relación con otras Ju-
risdicciones. El Recurso de Casación Autonómico en el Orden Contencioso-Administrativo,
realizado en Santander, los días 12 y 13 de abril de 2018.
SANTIAGO M. ÁLVAREZ CARREÑO
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RESUMEN: El delicado momento que atraviesa la Unión Europea subraya la
oportunidad de volver a analizar la esencial función que desempeñan los jueces
nacionales como jueces del Derecho de la UE. El presente estudio enmarca en
ese contexto el necesario retorno a los principios fundamentales del ordenamien-
to jurídico comunitario y examina alguna de las mutaciones que el mismo ha
provocado en los sistemas jurídicos de los Estados Miembros a través, princi-
palmente, de la labor pretoriana del Tribunal de Justicia que, a golpe de senten-
cia, ha ido modelando los principales rasgos que lo definen. El estudio seleccio-
na algunas cuestiones de actualidad que están incidiendo en el modo en que la
función jurisdiccional atiende a los requerimientos del Derecho de la UE y ter-
mina subrayando el papel fundamental de los jueces nacionales para la salva-
guarda de los rasgos esenciales del proyecto de construcción europea.
PALABRAS CLAVE: Derecho de la Unión Europea, Jurisprudencia del Tribunal
de Justicia, Jueces nacionales, TC, Jurisdicción contencioso-administrativa.
ABSTRACT: The delicate moment for the European Union at the present time
emphasizes the opportunity to analyze the essential role of national judges as
judges of the EU law. Therefore, this study focus on this context the need to
revisit the fundamental principles of the European Union legal order and exam-
ines some of the mutations that has caused in the legal systems of the Member
States, mainly through the work of the Court of Justice which, in its rulings has
shaped the major traits that define the European legal system. The present study
selects some topical issues that are influencing the way in which the judicial
function applies the requirements of the EU law and ends by underlying the
essential role national judges play for the safeguard of the European project.
KEYWORDS: European Union Law, European Court of Justice, National Judg-
es, Constitutional Court, Administrative Courts.
I. INTRODUCCIÓN: EL SINGULAR CONTEXTO EN EL QUE
SE ENMARCA EL PRESENTE ESTUDIO
En el contexto de la Europa actual cobra especial valor el estudio del papel
que desempeñan los jueces nacionales como jueces del Derecho de la Unión
Europea (UE) por corresponder a ellos, en su labor diaria dedicada a interpre-
tar y aplicar el ordenamiento jurídico, el papel esencial en defensa de los va-
lores que integran el proyecto de integración europea, tal y como han cristali-
zado en su corpus normativo propio. Como destaca Martín Rebollo, además
de los medios de comunicación y de la educación, «el tercer elemento de so-
cialización de los valores europeos es el derecho en general y su aplicación
particular, en lo concreto, donde el papel del juez resulta fundamental. Su
papel consiste en aplicar el derecho, pero también contribuir a garantizar una
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característica clave del derecho europeo, a saber, que sea verdaderamente el
derecho de prioritaria aplicación, el derecho común que prima sobre los dere-
chos nacionales cuando ambos se oponen y que con su aplicación unitaria y
homogénea coadyuva a la consolidación de un cuerpo doctrinal de aplicación
general en todos los países de la Unión. Una tarea esencial, la más esencial
quizá en la construcción europea» (Martín Rebollo, 2016: 176).
El Derecho europeo comunitario influye en efecto de manera creciente en
todos los ámbitos del ordenamiento jurídico interno, no sólo en su rama públi-
ca, Derecho administrativo y constitucional sino, cada vez más, también en el
Derecho privado — donde se detecta la progresiva armonización de los proce-
sos civiles en el ámbito de la UE a partir de la Resolución del Parlamento
Europeo, de 4 de julio de 2017, con recomendaciones destinadas a la Comisión
sobre normas mínimas comunes del proceso civil en la Unión (Liakopoulos,
2018) y en la armonización del penal, no sólo sustantivo sino también procesal
(Faggiani, 2015). De hecho, se puede afirmar que no existe un sector del or-
denamiento jurídico español que no haya sido afectado, en mayor o menor
medida, por el proceso de integración jurídica que conlleva la pertenencia a la
UE. Sigue siendo cierto, no obstante, que el orden contencioso-administrativo
es con diferencia, como con acierto destaca Alonso, donde se ventilan más
cuestiones ligadas al Derecho de la UE (Alonso García, 2018a). Este hecho
refuerza la importancia del papel de los tribunales de lo contencioso-adminis-
trativo y, de modo destacado, de la Sala 3.ª del Tribunal Supremo (TS), para
la correcta implementación del ordenamiento comunitario por todos las perso-
nas jurídicas pertenecientes al sector público español, de modo que sus deci-
siones tienen un impacto significativo en las condiciones en que estas institu-
ciones político-administrativas aplican sus directrices y que testimonian la
creciente incidencia del Derecho de la UE sobre los actos administrativos de
las Administraciones públicas de los Estados miembros (EEMM) (Núñez Lo-
zano, 2017: 549-614).
Este importante papel de los jueces nacionales adquiere todavía más impor-
tancia si se tiene en cuenta que la arquitectura judicial multinivel que deriva
de las previsiones de los Tratados originarios tiene como consecuencia que siga
siendo excepcional la posibilidad de que los ciudadanos de un EM accedan
directamente al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Esta posibi-
lidad sólo se dará en los supuestos previstos, con carácter restrictivo, en el
art. 263, párrafo 4.º — «Toda persona física o jurídica podrá interponer recur-
so, en las condiciones previstas en los párrafos primero y segundo, contra los
actos de los que sea destinataria o que la afecten directa e individualmente y
contra los actos reglamentarios que la afecten directamente y que no incluyan
medidas de ejecución»—, y para la exigencia de responsabilidad extracontrac-
tual en el párrafo 2.º del art. 340 TFUE«En materia de responsabilidad
extracontractual, la Unión deberá reparar los daños causados por sus institu-
ciones o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, de conformidad con los

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