RESOLUCIÓN JUS/330/2014, de 12 de febrero, por la que se resuelve el concurso para la provisión de registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles número 289, convocado por la Resolución JUS/2550/2013, de 26 de noviembre.

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyResolución

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en el concurso para la provisión de registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles vacantes convocado por la Resolución JUS/2550/2013, de 26 de noviembre (DOGC núm. 6516, de 5.12.2013), y de conformidad con lo que disponen los artículos 284 del Texto refundido de la Ley hipotecaria y 496 y siguientes del Reglamento hipotecario;

En cumplimiento de las funciones atribuidas a la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia mediante el Decreto 417/2006, de 14 de noviembre (DOGC núm. 4762, de 16.11.2006),

Resuelvo:

La provisión de los registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles vacantes en el territorio de Cataluña que se detallan a continuación:

Nombre: Fernando Mínguez Goñi.

Registro de Mataró núm. 1.

Resultas: Madrid núm. 19.

Nombre: Antonio José Castillo Folch.

Registro de Reus núm. 1.

Resultas: Viladecans.

Nombre: Javier Angulo Rodríguez.

Registro de Lleida núm. 1.

Resultas: Estepona núm. 2.

Nombre: Luis Miguel Zarabozo Galán.

Registro de Manresa núm. 1.

Resultas: Terrassa núm. 3.

Nombre: Natividad Mercedes Mota Papasseit.

Registro de Badalona núm. 1.

Resultas: Sabadell núm. 5.

Nombre: M. Teresa Alonso Prado.

Registro de Barcelona núm. 8.

Resultas: Sabadell núm. 6.

Nombre: Amparo Cuesta Chasco.

Registro de Barcelona núm. 20.

Resultas: Barcelona núm. 12.

Información sobre los recursos a interponer

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el consejero de Justicia en el plazo de un mes, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses. El plazo se contará a partir del día siguiente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR